Acciones La emergencia declarada por el gobierno de José Manuel de la Sota precisa que «se iniciarán acciones legales de carácter patrimonial por daños y perjuicios contra los autores y/o responsables de incendios, con el inmediato embargo de sus bienes, para obtener el resarcimiento de los gastos en que ha incurrido el Estado para la extinción». Por último, se indicó que en los próximos días se enviará a la Legislatura provincial un proyecto de ley modificatorio del artículo setenta y nueve (79) del Código de Faltas, incrementando la pena de arresto haciéndola de cumplimiento efectivo, derogándose la posibilidad de su sustitución por multa, para todos aquellos que prendieron fuego en predios urbanos o rurales; en los caminos; en zonas de esparcimiento, públicas o privadas, sin observar las precauciones para evitar la propagación. Esas sanciones serán más severas aún en caso de que el hecho hubiere ocurrido durante el período de la emergencia ambiental por riesgo de incendio declarada por el Poder Ejecutivo.
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