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La Provincia amplía la licencia por duelo para trabajadores estatales: cuándo aplica

Los trabajadores de los tres poderes del Estado que tengan hijos menores de 18 años o con discapacidad podrán pedir hasta 45 días corridos con goce de haberes si muere el otro progenitor.

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PBA extendería la licencia por duelo.

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El Gobierno bonaerense promulgó la ley 15.671, que establece una licencia por duelo de hasta 45 días corridos, con goce íntegro de haberes, para los trabajadores y trabajadoras de los tres poderes del Estado provincial que tengan hijos menores de 18 años, o con discapacidad sin límite de edad, en caso de fallecimiento del corresponsable parental. La norma fue publicada este viernes en el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires.

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Qué busca la medida

La iniciativa, impulsada por la diputada Lucía Iañez (Unión por la Patria), recibió sanción definitiva en la Legislatura bonaerense el 6 de octubre.

La iniciativa fue impulsada por Lucía Iañez.

Según el texto, la licencia deberá solicitarse dentro de los diez días posteriores al fallecimiento. El beneficio alcanza a todo el personal dependiente de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Provincia, sin distinción de género.

La ley sustituye el artículo 1° de la Ley 13.459 y deroga sus artículos 2° y 3°. De acuerdo con lo informado al momento de la sanción, la redacción anterior se refería al “personal masculino” y al fallecimiento de la madre. Con la reforma, la norma pasa a contemplar las distintas conformaciones familiares al hablar de “corresponsable parental”.

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