26 de agosto 2026 - 07:03

Autos 0km: qué cambia desde hoy en las normas de seguridad y homologación de los vehículos

El decreto mantiene la obligación de cumplir requisitos de seguridad activa y pasiva, pero incorpora un nuevo mecanismo de reconocimiento para vehículos homologados bajo las normas estadounidenses. Las principales claves de los cambios.

El Gobierno modificó desde este miércoles las reglas para homologar los vehículos 0 km fabricados en el país e importados. Se reconocerá un nuevo mecanismo de certificación basado en los estándares de seguridad de Estados Unidos y se establecen obligaciones sobre controles, recalls y acciones correctivas. 

El Gobierno modificó desde este miércoles las reglas para homologar los vehículos 0 km fabricados en el país e importados. Se reconocerá un nuevo mecanismo de certificación basado en los estándares de seguridad de Estados Unidos y se establecen obligaciones sobre controles, recalls y acciones correctivas. 

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El Gobierno oficializó este miércoles cambios en el sistema de homologación y certificación que deben cumplir los autos y vehículos 0km para poder ser comercializados y circular en la Argentina. La medida fue establecida mediante el Decreto 796/2026, publicado en el Boletín Oficial, y modifica el artículo 28 de la reglamentación de la Ley Nacional de Tránsito.

La principal novedad es el reconocimiento de un mecanismo utilizado en Estados Unidos para acreditar el cumplimiento de las normas de seguridad activa y pasiva. Sin embargo, el decreto no establece que desde hoy todos los autos deban incorporar nuevos elementos, como airbags o sistemas avanzados de asistencia a la conducción. El cambio pasa por el procedimiento de homologación y la documentación necesaria para demostrar que un vehículo cumple con los estándares exigidos.

Qué significa el cambio para quienes compren un auto

En términos prácticos, el nuevo decreto no implica que los consumidores deban modificar nada en los vehículos que ya poseen ni establece un nuevo equipamiento obligatorio que automáticamente deban incorporar todos los modelos vendidos desde hoy.

El cambio apunta al proceso previo a la comercialización: cómo un fabricante o importador acredita que un modelo cumple con las condiciones de seguridad necesarias para obtener su homologación en la Argentina.

La apuesta del Gobierno es simplificar el reconocimiento de estándares internacionales y, particularmente, facilitar el ingreso de vehículos que ya cuentan con certificaciones bajo el sistema estadounidense. Al mismo tiempo, la norma mantiene la posibilidad de controles posteriores y establece la obligación de trasladar al mercado argentino eventuales acciones correctivas o campañas de retiro detectadas en el exterior.

Cambian las reglas para los autos 0 km: el Gobierno modificó el sistema de homologación y reconoció certificaciones de seguridad de Estados Unidos. Qué pasa con los controles, las campañas de retiro y las responsabilidades de fabricantes e importadores.

Cambian las reglas para los autos 0 km: el Gobierno modificó el sistema de homologación y reconoció certificaciones de seguridad de Estados Unidos. Qué pasa con los controles, las campañas de retiro y las responsabilidades de fabricantes e importadores.

Las claves de los cambios

1. Los autos 0km deberán seguir cumpliendo requisitos de seguridad

El decreto mantiene la obligación para todos los vehículos automotores, acoplados y semiacoplados de producción seriada y cero kilómetro, tanto nacionales como importados, de contar con una Licencia de Configuración de Modelo (LCM).

Ese documento acredita el cumplimiento de los requisitos de seguridad activa y pasiva. Además, los vehículos deberán contar con la correspondiente Licencia de Configuración Ambiental (LCA), vinculada con las exigencias sobre emisiones contaminantes, ruidos y radiaciones.

2. Se reconocen las certificaciones de seguridad de Estados Unidos

Uno de los principales cambios introducidos por el decreto es el reconocimiento del documento denominado Blue Ribbon Letter, emitido en el marco del sistema de la National Highway Traffic Safety Administration (NHTSA) de Estados Unidos.

De esta manera, los vehículos fabricados bajo las Federal Motor Vehicle Safety Standards (FMVSS) podrán utilizar esa documentación para acreditar el cumplimiento de los requisitos de seguridad necesarios para su homologación en la Argentina.

El documento deberá permitir identificar la marca, el modelo y el Número de Identificación Vehicular, conocido como VIN, para garantizar la trazabilidad de las unidades alcanzadas.

3. No deberán cumplir requisitos de seguridad adicionales a los exigidos por Estados Unidos

Este es uno de los puntos centrales de la nueva normativa. El decreto establece que el reconocimiento de los vehículos homologados mediante el sistema estadounidense no requerirá el cumplimiento de ningún requisito de seguridad adicional al exigido por la NHTSA.

De todos modos, la autoridad de aplicación podrá establecer criterios específicos vinculados con el origen de fabricación de los vehículos, las categorías alcanzadas y otras condiciones para su homologación en el país.

4. Cambia el mecanismo de control, pero la fiscalización continúa

El sistema estadounidense reconocido por el decreto funciona sobre la base de la autocertificación de los fabricantes respecto del cumplimiento de las normas FMVSS, aunque está sujeto a posteriores controles, investigaciones y fiscalizaciones por parte de la NHTSA.

La nueva norma argentina incorpora ese mecanismo de acreditación, pero aclara que el reconocimiento de la documentación estadounidense no limita las facultades de fiscalización de las autoridades nacionales. Además, los fabricantes e importadores seguirán siendo responsables por los vehículos que fabriquen, importen y comercialicen en la Argentina.

5. Los recalls y problemas detectados en Estados Unidos deberán informarse en la Argentina

El decreto incorpora una obligación específica para las empresas que homologuen vehículos mediante el mecanismo de la Blue Ribbon Letter.

Los fabricantes e importadores deberán informar de manera inmediata a la autoridad argentina cualquier sanción, investigación, determinación de incumplimiento o campaña de retiro —conocida habitualmente como recall— que sea dispuesta o comunicada en el país de origen respecto de esos vehículos, sus sistemas, componentes o equipamiento.

Además, deberán replicar en la Argentina las acciones correctivas que correspondan. El incumplimiento de esas medidas podría derivar incluso en la suspensión o revocación de la homologación otorgada.

6. Las autopartes podrán seguir importándose sin autorización previa

El decreto también ratifica que los componentes, piezas, autopartes y otros elementos destinados a vehículos podrán ser fabricados, importados y comercializados libremente, sin necesidad de una autorización previa.

Sin embargo, esto no elimina la responsabilidad de las empresas. Los fabricantes e importadores deberán garantizar que cada uno de esos componentes cumpla con las especificaciones técnicas establecidas en la normativa.

Las infracciones podrán ser objeto de fiscalización y sanciones en el marco de la Ley de Defensa del Consumidor y de la normativa sobre lealtad comercial.

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