La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó este miércoles la prórroga hasta el 30 de junio próximo de la fecha para inscribirse en la moratoria para pymes, monotributistas y autónomos establecida en el decreto 316/2020, a través de la resolución general 4667/2020 publicada en el Boletín Oficial.
La AFIP reglamentó la postergación de la adhesión a la moratoria hasta el 30 de junio
La moratoria prevé quitas del 42% sobre el monto total de la deuda, y plazos de pago de hasta 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras, y de hasta 60 cuotas para aportes y retenciones.
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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó este miércoles la prórroga hasta el 30 de junio próximo de la fecha para inscribirse en la moratoria para pymes, monotributistas y autónomos.
La misma definió que los contribuyentes que tengan deudas acumuladas hasta fin del año pasado podrán ingresar al plan hasta el 30 de junio, cuando originalmente había sido establecido hasta el 30 de abril, y los interesados deberán inscribirse a través del sitio web de la AFIP.
La moratoria para pymes prevé quitas del 42% sobre el monto total de la deuda, y plazos de pago de hasta 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras, y de hasta 60 cuotas para aportes y retenciones.
Además, la moratoria permite refinanciar en plazos de hasta 10 años toda la deuda impositiva, aduanera y de la seguridad social que tenga un contribuyente, y pagar una única cuota mensual.
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