7 de diciembre 2018 - 00:01

AFIP: prescriben deudas hasta el 2012

Las deudas acumuladas hasta el 2012 de los contribuyentes con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que aún no haya sido reclamada por el organismo, prescribirá cuando termine este año.

Así lo disponen las normas argentinas, que indican que pasado un determinado plazo, si la deuda no es reclamada se pierde. En rigor, el plazo es de cinco años, pero con el blanqueo de 2013 se suspendió por un año. De modo que ahora son seis.

El problema es que la AFIP suele tratar de poner una especie de “freno de mano” a las prescripciones, señaló a Ámbito Financiero el tributarista Federico De Luca.

“Sobre la segunda y tercera semana de diciembre suelen mandar notas de reclamo de la deuda”, explicó De Luca, quien indicó que espera para esa fecha que comiencen a llegar algunas notificaciones.

Con solo efectuar ese reclamo, los abogados del organismo recaudador logran así evitar que se caigan las deudas de los contribuyentes.

Iván Sasovsky, director del estudio Sasovsky y Asociados, comentó que algunos de sus clientes recibieron ya algunas notas. “Suele pasar que a algunas empresas que ya tienen abierta una fiscalización, le agregan por estos períodos a punto de prescribir”, detalló.

Más allá de ello, los contadores sugieren a los contribuyentes al inicio del año revisar el estado de su cuenta con la AFIP para determinar si no le han quedado deudas prescriptas que no le hayan sido reclamadas.

También en los últimas semanas la AFIP desplegó reclamos a empresas por presunto trabajo en negro. Para ello emplea el Indicador Mínimo de Trabajadores, que está publicado en el website del organismo. Ese indicador dispone que según el rubro de actividad, la facturación y otros parámetros, una empresa debe contar con una cantidad mínima de trabajadores para desplegar la actividad que dice llevar a cabo,

Este año comenzaron a enviar a los contribuyentes una nota que advierte: “Te enviamos este mensaje para recordarte que debes tener registrados a todos tus empleados. En AFIP contamos con una herramienta legal de fiscalización que nos permite establecer una cantidad mínima de trabajadores de acuerdo a tu actividad y/o el espacio que ocupa tu establecimiento. En este caso, detectamos que no estarías cumpliendo con el mínimo de empleados indicados para tu actividad o porque creemos que no todos están registrados”.

Fuentes de la AFIP consultadas indicaron que se trata de una actividad permanente de control, pero profesionales indicaron que fue la primera vez que vieron ese texto.

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