3 de julio 2001 - 00:00

Aftosa: ya rigen restricciones

La reglamentación sobre las concentraciones de hacienda y remates feria, con mayor control sobre los productores, animales y explotaciones fue difundida ayer aunque entrará a regir hoy, cuando sea publicada en el Boletín Oficial.

Luego de una semana de deliberaciones, marchas y contramarchas, correcciones y opiniones sobre las localidades afectadas por las mayores restricciones, quedaron establecidas las normas tendientes a evitar la propagación de la fiebre aftosa en las concentraciones de hacienda.

«Las concentraciones de animales de diferentes orígenes representan, en la situación epidemiológica actual, un factor de riesgo real para la diseminación de la fiebre aftosa», indicó el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA).

Ante la expansión de la aftosa, el organismo sanitario incluirá una nueva cepa de virus «A» a partir de la próxima vacunación, que comienza el 15 de julio próximo, para «aumentar la cobertura inmunológica de los animales vacunados», se informó oficialmente.

Como primer punto sólo se autorizan las concentraciones de bovinos con destino a cría, recría, invernada y reproducción en las regiones Central, Mesopotámica y Patagónica Norte A (zona con vacunación).

Asimismo «la hacienda que concurra a los remates feria debe proceder del mismo partido o departamento». El organismo que preside Bernardo Cané dispuso que «en caso de aquellos partidos o departamentos que carezcan de instalaciones, o se encuentren inhabilitadas, podrán remitir la hacienda a concentraciones de partidos linderos». Por otro lado no se autorizarán remates ferias mixtos -invernada y gordos-ni concentraciones en las que participen animales de otras especies susceptibles.

Autorización

Los remates se autorizarán de acuerdo a la condición sanitaria del establecimiento de origen, el número de cabezas a remitir, la capacidad de las instalaciones del remate feria y las posibilidades de implementar correctamente la inspección clínica.

Los animales deberán haber sido vacunados con una anticipación mínima de 30 días y un máximo de 180 días y revacunados al ingresar al remate feria. El organismo sanitario inspeccionará 20% de los animales ingresados, y nunca menos de 10 animales por tropa al momento de su arribo.

Los animales subastados no podrán permanecer más de 24 horas en el predio del remate feria. Entre las concentraciones de hacienda y el correspondiente lavado y desinfección de las instalaciones deberán mediar 48 horas.

La resolución establece que la tropa debe ser cuarentenada durante 21 días en destino y declarada en la oficina local de SE-NASA dentro de las 48 horas de su arribo. El veterinario matriculado, registrado en SENASA, podrá certificar el envío de animales a concentraciones.

El predio en donde se realiza el remate feria será considerado un foco y tratado como tal si durante la concentración se comprueba la presencia de fiebre aftosa. Por último se autorizará remates de reproductores en las cabañas de origen, siempre y cuando no se encuentre en una zona inhabilitada por el SENASA.

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