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13 de enero 2025 - 07:42

ARCA oficializó la extensión del beneficio del impuesto al cheque para MiPymes

ARCA (ex AFIP) emitió la Resolución General 5632, reglamentando la prórroga del beneficio dispuesto mediante el Decreto 1137/2024, publicado a fines de 2024.

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El beneficio se extenderá a los salarios devengados. 

El Gobierno extendió hasta el 31 de diciembre de 2025 el beneficio para las microempresas (micropymes), que permite utilizar el 100% del impuesto a los débitos y créditos bancarios como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias, o destinar una parte como compensación de contribuciones patronales.

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En este sentido, ARCA (ex AFIP) emitió la Resolución General 5632, reglamentando la prórroga del beneficio dispuesto mediante el Decreto 1137/2024, publicado a fines de 2024.

El beneficio, que inicialmente era aplicable a las remuneraciones devengadas hasta el 31 de diciembre de 2024, ahora se extiende para los salarios devengados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, inclusive.

Planes de facilidades de pago para mipymes

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso a disposición planes de facilidades de pago de hasta 4 años para las micro, pequeñas o medianas empresas, entidades sin fines de lucro, contribuyentes del sector de salud y pequeños contribuyentes, para regularizar sus deudas tributarias. Por otra parte, ARCA anunció que prorrogará hasta el 31 de julio de 2025 la suspensión de ejecuciones fiscales y embargos para entidades sin fines de lucro y contribuyentes pertenecientes al sector de salud. La medida será publicada en el Boletín Oficial.

¿Cómo es el nuevo plan de facilidades de pago?

Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, a tasa fija (no se cambia la tasa de financiación durante la vigencia del plan de pagos). El plan contiene una drástica reducción de la tasa de financiación y no requerirá ingreso de un pago a cuenta.

Con esta medida, el organismo busca brindar mayor flexibilidad a los contribuyentes para que puedan ponerse al día con sus obligaciones tributarias no prescriptas, inclusive las no regularizadas en la moratoria recientemente finalizada.

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