13 de agosto 2002 - 00:00

Autorizan compra de autos con bonos

El ministro de Economía, Roberto Lavagna, autorizó anoche la compra de autos 0 km y maquinaria agrícola con bonos 2012 a la paridad 1 a 1 por un plazo de 60 días para reactivar las ventas que se encuentran en el nivel más bajo de la historia, tal como adelantó este diario.

El tema estaba trabado en el monto de los fondos atrapados en el «corralito» que se destinarían. Después de reunirse con los representantes del sector, el ministro definió que serían 300 millones de pesos los que se aplicarían a este sistema. El mecanismo para realizar las operaciones estaba prácticamente acordado en base al proyecto de resolución elaborado por la Secretaría de Industria, que publicó Ambito Financiero el viernes pasado.

Según un comunicado del Ministerio de Economía, las concesionarias darán preferencia a quienes presenten la mejor combinación contadobonos. Según los cálculos oficiales, las ventas mensuales podrían llegar a 16.000 unidades.

Los empresarios propusieron la liberalización mensual de 360 millones de pesos, que permitiría llevar de 5.000 a 12.000 las unidades vendidas cada mes.
El funcionario mostró su preocupación por el efecto que la salida del dinero del «corralito» podría provocar sobre la cotización del dólar, por lo que decidió un volumen menor.

El ministro se reunió por más de media hora con el presidente de la cámara que agrupa a los autopartistas (AFAC), Rodolfo Achille; el de las concesionarias (ACARA), Abel Bonrad, y el de las terminales (ADEFA), Luis Ureta Sáenz Peña, quien planteó especialmente la necesidad de resolver la deuda que el Estado tiene por el Plan Canje y la devolución del IVA de exportación. ADEFA dará a conocer hoy un comunicado con la posición de las automotrices.

El sistema funcionaría básicamente de la siguiente manera:

• La norma autoriza a los tenedores de certificados de depósitos reprogramados y de bonos su aplicación para la compra de 0 km, maquinarias agrícolas, viales e industriales, en la medida en que se trate de bienes registrables nuevos.

• La Secretaría de Hacienda definirá el monto que se admitirá para el rescate de los bonos y certificados, que dependerá del superávit fiscal primario del sector público.

El rescate de estos bonos se realizará a 100% de su valor.

• En tanto, la Secretaría de Industria estará encargada de establecer o designar un registro para la inscripción de maquinarias agrícolas, viales e industriales.

• Operativamente, el Banco Central admitirá la transferencia entre entidades bancarias de los certificados una sola vez.

• La transferencia deberá ser ordenada por el titular del certificado (tiene que ser una persona física), con el único fin de la compra de algunos de los autorizados.

• Los primeros certificados que se apliquen para esta operatoria serán los de vencimiento más cercano.

• En caso de no cumplirse las condiciones establecidas en los 30 días de concretada la cesión, la entidad receptora deberá revertir la transferencia mediante el reintegro de los certificados y por el mismo importe.

• Semanalmente, el Comité de Auditoría del Banco Central verificará el cumplimiento de la operatoria.

• El beneficiario de los certificados cedidos podrá mantenerlo como depósito según las condiciones de reprogramación que contenga o acreditar su importe en cuentas corrientes y cajas de ahorro.

• Se fija en 100% el requisito mínimo de liquidez sobre el importe de los certificados que sean cedidos por otras entidades financieras.

• La exigencia se aplicará sobre el valor del certificado cedido, es decir el capital -multiplicado, en su caso, por el factor CER- más los intereses devengados a la fecha de la transferencia.

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