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9 de abril 2020 - 00:00

Cómo será la atención en los bancos la próxima semana

Los particulares que quieran acercarse a las entidades deberán registrarse previamente y no podrán realizar operaciones de caja. Se pagarán jubilaciones y pensiones según el cronograma de ANSeS.

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El BCRA informó que los bancos abrirán la semana próxima para el público en general, pero aclaró que será “con algunas limitaciones y restricciones”, ya que sólo “podrán asistir las personas con turno previo para realizar diferentes operaciones que no sean por ventanilla, tanto para cuentas de personas humanas como personas jurídicas”. En ese marco, la entidad presidida por Miguel Ángel Pesce difundió una guía con preguntas y respuestas para aclarar cómo será el funcionamiento de las distintas sucursales entre el lunes 13 y el viernes 17.

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¿Los bancos abren para el público general?

Sí, pero con algunas limitaciones y restricciones. Durante la próxima semana podrán asistir las personas con turno previo para realizar diferentes operaciones que no sean por ventanilla, tanto para cuentas de personas humanas como personas jurídicas.

Los jubilados o pensionados, ¿pueden operar por ventanilla?

Sí. La atención por ventanilla queda exclusivamente reservada para el pago de jubilaciones y pensiones. Pero sólo los días que indica el calendario de la ANSES. Jubilados y pensionados no necesitan turno, pero deben consultar el cronograma a la ANSES antes de acercarse a una sucursal.

¿Sólo los jubilados o pensionados pueden operar por ventanilla?

Sí. Solo los jubilados serán atendidos en las ventanillas.

¿En qué horario estarán abiertos los bancos?

El horario de atención será de 10 a 17 en la Ciudad de Buenos Aires y el Gran Buenos Aires que, junto a otras jurisdicciones del país, extienden por dos horas el horario habitual del cierre.

¿Qué requisito se necesita para ir al banco?

Se necesita sacar un turno por los canales que el banco ponga a disposición (el sitio web, aplicaciones o vía telefónica). El banco otorgará un turno según el último número del DNI (en caso de las personas humanas) o del CUIT (en el caso de representar a personas jurídicas).

¿Qué día se puede ir al banco?

Sólo con el turno y el día que haya sido asignado según la terminación del DNI o el CUIT. El calendario es el siguiente: el lunes 13, los terminados en 0 y 1; el martes 14, los terminados en 2 y 3; el miércoles 15, los terminados en 4 y 5; el jueves 16, los terminados en 6 y 7; y el viernes 17, los terminados en 8 y 9.

¿A partir de cuándo se puede pedir el turno?

Desde ayer, miércoles 8 de abril.

¿Se puede ir al banco sin turno? ¿Se atenderá igual?

No. Solamente se puede ir al banco con un turno previo.

Para el caso de las personas jubiladas o pensionadas, ¿se necesita solicitar un turno previo para hacer otro trámite que no sea cobrar la jubilación/pensión?

Sí, según el calendario estipulado por terminación de documentos de identidad.

¿Hay que tramitar un permiso para circular para dirigirse a la sucursal?

El comprobante del turno gestionado previamente servirá como permiso de circulación y se solicitará para ingresar al banco.

¿Se puede ir al banco a abrir una cuenta bancaria?

Sí, pero primero se debe sacar un turno en el banco, reservando fecha para el día que corresponda.

¿Qué operaciones se pueden realizar que no requieran atención por ventanilla?

Se puede gestionar un préstamo, presentar documentación, ir a la caja de seguridad y hacer gestiones vinculadas a las cuentas, tanto como persona humana como jurídica.

Para retirar dinero del cajero automático, ¿es posible ir cualquier día?

Sí. Se puede ir al cajero automático cualquier día y a cualquier hora. Además, las operaciones por cajero automático no generan cargos ni comisiones, aunque el usuario no sea cliente de la entidad financiera, hasta el 30 de junio. También se puede retirar dinero en comercios o puntos de extracción adheridos, como supermercados o farmacias.

En caso de no ser cliente del banco donde se encuentra el cajero automático, ¿se puede retirar dinero igual?

Sí. Todas las personas humanas y jurídicas podrán efectuar extracciones de al menos $15.000 diarios, sin importar si son cliente o no de la entidad propietaria del dispositivo y la red que lo administra. No podrán cobrar comisiones ni cargos en ningún caso.

¿Se puede ir a una casa de cambio?

No. Las casas de cambio permanecerán cerradas para la atención al público presencial. No obstante, podrán operar en forma remota.

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