Los contribuyentes que ya hayan tomado la opción de blanquear bienes y cuentas, y que también adhirieron al Régimen de Especial de Ingreso a los Bienes Personales (REIBP), tendrán que tener en cuenta que, para los activos que estuvieron siempre declarados ante la AFIP, el vencimiento es todavía el 30 de septiembre.
Blanqueo: hay plazos que no cambiaron a pesar de la prórroga, ¿cuáles son?
Para el caso de los activos que siempre estuvieron declarados ante la AFIP, el plazo para el pago anticipado de Bienes Personales (REIBP) es, aún hasta el 30 de septiembre.
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Blanqueo: cómo queda el nuevo calendario tras la prórroga de un mes
Así lo disponen las nuevas reglamentaciones tras el anuncio realizado por el Gobierno este miércoles de postergar los plazos de las tres etapas del programa de exteriorización por un mes.
En principio, la primera de las etapas que ahora concluye el 31 de octubre, está pensada para que ingresen dólares en efectivo, pero también hay personas que han declarado bienes y cuentas, que están sujetas al pago del Impuesto a los Bienes Personales.
Cómo se aplica Ingreso Brutos a los activos blanqueados
El blanqueo les permite incluir los activos blanqueados en el REIBP, y así pagar por anticipado el impuesto por los próximos cinco años. El plan exige pagar el 75% del impuesto declarado. En el caso de los activos que siempre estuvieron blanqueados ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), el vencimiento será el 30 de septiembre. Solo pasarán para el 31 octubre los bienes que se blanqueen.
Así lo aclaró a Ámbito el profesor de la UBA y tributarista Mario Volman. “El saldo del REIBP de los bienes que estaban declarados aún vencen el 30 de septiembre, que figura en la Resolución 5544 de AFIP. Es importante porque la gente desconoce cuándo vence”, explicó.
El experto en impuestos indicó que “el saldo del REIBP por bienes declarados vence el 30 de septiembre según el articulo 8 la Resolución General 5544” mientras que “el 75% del REIBP por bienes declarados (en el blanqueo) se posterga al 31 de octubre, de acuerdo con el artículo 28°, inciso b del Decreto 608 modificado por el decreto 773”.
Se deberán prorrogar otros vencimientos
En ese sentido, el CEO de SDC Asesores Tributarios, Sebastián Domínguez, señaló que “el Gobierno también debería prorrogar a fines de octubre el vencimiento de la Declaración Jurada del REIBP de los bienes declarados y el pago del saldo restante”.
Señala que, “entre agosto y septiembre, se acumularon muchas obligaciones de pago por parte de los contribuyentes, como Ganancias y Bienes Personales 2023, 75% del REIBP de los bienes declarados y IVA e Ingresos Brutos mensuales, entre otros”.
No obstante, considera que “esta prórroga es acertada y debía, incluso, haberse anunciado con anterioridad”.
“La demora en la reglamentación y situaciones que aún están poco claras contribuyen a que haya contribuyentes que no se decidan por ingresar siendo que el blanqueo es una oportunidad de borrón”, indicó.
“Asimismo, entre otras cuestiones, es importante destacar que el blanqueo de dinero en efectivo está siendo muy exitoso y podría incluso superar a los depósitos de efectivo realizados en el blanqueo del Gobierno de Mauricio Macri”, estimó.
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