Luego de la queja de varios empresarios tenedores de los bonos alcanzados por el default selectivo implementado por el Gobierno, el Ministerio de Hacienda dispuso que parte de esos títulos podrán ser utilizados para cancelar deudas impositivas de la seguridad social.
Se podrán usar bonos reperfilados para pagar deudas de seguridad social
Los contribuyentes podrán afectar al pago las Letes, Lecaps, Lelink y Lecer.
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El Decreto 609/2019 estableció una serie de pautas respecto a los bonos reperfilados, tal el eufemismo que utilizó el ministro de Economía Hernán Lacunza para no hablar de reestructuración, en la que dispone entre otros aspectos la posibilidad de utilizarlos para pagar impuestos.
De esta forma, los títulos de deuda que fueron reperfilados en su vencimiento se podrán utilizar para pagar los aportes y contribuciones a la seguridad social adeudadas hasta el 31 de julio último.
Luego de decreto, la AFIP aclaró que los bonos que se podrán afectar al pago de deuda de la seguridad social son las Letes, Lecaps, Lelink y Lecer mencionados en el artículo primero del Decreto 596/2019.
El ente recaudador estableció el siguiente mecanismo para utilizar los bonos para el pago de deudas impositivas de la seguridad social:
- El contribuyente ordenará la transferencia desde la plataforma donde opera sus
títulos a la AFIP.
- La Caja de Valores informará los bonos electrónicos generados.
- La AFIP procesará los bonos electrónicos recibidos.
- El contribuyente visualizará el crédito de estos bonos en la cuenta tributaria y los
utilizará para pagar la deuda de aportes y contribuciones de seguridad social.
Esta posibilidad estará vigente desde el 15 de este mes y hasta el 30 de noviembre próximo, plazo en el que se podrán ordenar transferencias de bonos a la AFIP.




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