16 de agosto 2002 - 00:00

CER se pagará recién en octubre, pero acumulado

En menos de media hora, el Senado convirtió ayer en ley el proyecto que posterga hasta el 30 de setiembre la aplicación del CER. Rige para la actualización de deudas con entidades financieras pero también entre particulares. El beneficio alcanza sólo a quienes tengan deudas inferiores a $ 400.000. Por lo tanto, los deudores verán reflejada la actualización de sus créditos en las cuotas que venzan a principios de noviembre. Para los bancos, la ley es una difícil complicación. No podrán cargar el CER sobre los préstamos pesificados, pero deberán pagarlo en la actualización de los depósitos reprogramados. Por eso la dura negociación que se vivió en la primera etapa de sanción en Diputados, cuando se pretendió prorrogarlo por 180 días.

CER se pagará recién en octubre, pero acumulado
El CER será aplicado para actualizar deudas recién desde el próximo 30 de setiembre y no desde este mes, gracias a la sanción de la ley ayer en el Senado que prorrogó su entrada en vigencia, pero sólo para las deudas, privadas o bancarias, que no superen los 400.000 pesos.

El gobierno había establecido por decreto que no serán ajustados por este mecanismo los créditos hipotecarios que tuvieran como garantía una vivienda única, los prendarios de hasta $ 30.000 y los personales de hasta $ 12.000. Ese esquema de excepciones seguirá vigente una vez que se comience a aplicar el CER al resto de las deudas.

Lo sancionado ayer significa:

• Que se suspende la aplicación del CER hasta el próximo 30 de setiembre, cuando hasta ahora regía como fecha de lanzamiento del índice el 1 de agosto.

• De todas formas en ese momento se les aplicará el coeficiente acumulado que corresponde desde el 1 de enero de este año.

• Los deudores verán reflejada la actualización de sus deudas en las cuotas o montos que deben abonar desde el primer día de noviembre.

• En el caso del sector financiero, sólo se beneficiarán quienes tengan en total deudas que no superen los $ 400.000. Por eso establece que se posterga «hasta el 30 de setiembre del año 2002 la aplicación del Coeficiente de Estabilización de Referencia establecido por el artículo 4 del Decreto 214/02 para todas las obligaciones de dar sumar sumas inferiores a $ 400.000 a cargo de personas físicas y jurídicas».

El beneficio se aplicará a quien tenga en total dentro del sistema financiero deudas de hasta ese monto. Por eso se aclaró en la ley: en el «caso de deudores de entidades financieras, el monto establecido será considerado en relación al endeudamiento en el conjunto del sistema financiero».

Hubo ayer un intento de modificación al proyecto que no fue aceptado en el recinto. El radical Raúl Baglini pidió que se incluyeran dentro de la suspensión a los saldos deudores de tarjetas de créditos y créditos en dólares. Esa iniciativa fue rechazada por el bloque justicialista y fue enviada a comisión con la promesa de transformarse en una nueva ley.

• Trámite rápido

El proyecto había sido votado el jueves de la se-mana pasada por Diputados y luego tuvo un trámite rápido en las comisiones del Senado. Al igual que la suspensión de ejecuciones por 90 días, esta postergación del CER no sería vetada por el Ejecutivo, por lo menos así lo anunció hace una semana Alfredo Atanasof.

En realidad, este proyecto convertido en ley es fruto de una negociación entre el gobierno, el Congreso y la intervención de los bancos, que consiguió bajar a 60 días un plazo de suspensión que en origen había sido pensado en 180 días por los diputados del bloque PJ. El argumento para limitarlo fue claro: mientras se suspende la actualización de deudas, bancarias o privadas, los bancos deberán seguir actualizando por ese índice los depósitos pesificados reprogramados, lo que producirá un claro descalce de sus balances. Aducen que esa diferencia esta cercana a los $ 15 mil millones ya que cobran a los deudores sin ese coeficiente, pero deben pagarlo por los depósitos. Al reducir el plazo, al menos se acota el daño.

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