BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA __________________________________________________________________ COMUNICACIÓN " A " 3521 I 20/03/02 __________________________________________________________________ A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
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Ref.: Circular OPASI 2 - 297. Desafectación de depósitos reprogra- mados. Pago de obligaciones tribu- tarias y las correspondientes a la seguridad social
Nos dirigimos a Uds. para llevar a su conocimiento que esta Institución adoptó la siguiente resolución:
"- Sustituir el punto 3.2. del Anexo a la Comunicación "A" 3467 por el siguiente:
"3.2. Para el pago de obligaciones de cualquier naturaleza con el Estado (Nacional, provinciales o municipales y Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires) y las correspondientes a la seguridad social -incluidos aportes y contribuciones previsionales, para obras sociales y para riesgos del trabajo-, cuyos vencimientos se verifiquen hasta el 25 de abril de 2002. La desafectación operara mediante transferencias a las cuentas del organismo de recaudación de que se trate o mediante la emisión de "cheques de pago financiero" librados a favor de la entidad recaudadora con cláusula de imputación, indicando el concepto que se cancela (tales como: impuesto, partida, etc.), nombre o denominación del titular y obligado al pago y, de corresponder según su carácter, la clave de identificación fiscal. Se admitirá la utilización de saldos reprogramados cuyos titulares sean los obligados al pago de esos conceptos."
Saludamos a Uds. muy atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Alfredo A. Besio Gerente de Emision de Normas
Jose Rutman Gerente Principal de Normas y Autorizaciones
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