27 de agosto 2008 - 00:00

Corte avaló dolarizar la tasa de aeropuertos

La Corte Suprema de Justicia ratificó ayer la resolución por la cual las empresas aerocomerciales fueron ordenadas por decreto a abonar las tasas que pagan por servicios aeroportuarios en vuelos internacionales en dólares.

El decreto había sido sancionado justo después de la pesificación que tuvo lugar bajo el gobierno interino de Eduardo Duhalde.

El máximo tribunal fijó ese criterio al otorgar validez al decreto 577/2002, y revocar una sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, en una causa presentada por la empresa extranjera, Mexicana de Aviación.

En un fallo dividido, la Corte-consideró que la pesificación de los contratos tiene alcance para las relaciones económicas nacionales, aunque no para las internacionales.

La compañía aérea mexicana había apelado la decisión gubernamental de fijar en dólares el precio de las tasas por servicios aeroportuarios prestados por el Estado nacional, directamente o a través de un concesionario.

En el caso planteado por la empresa el foco apuntó a las sumas cobradas en el Aeropuerto Internacional de Ezeiza en concepto de aterrizaje, estacionamiento de aeronaves, uso de pasarelas telescópicas, protección al vuelo en ruta, y de apoyo al aterrizaje.

La Ley 25.561 dispuso en enero de 2002 la pesificación de todas las obligaciones pactadas en dólares y para los contratos celebrados por la administración pública.

En ese sentido, a través del decreto 577/02, las autoridades determinaron que las tasas aeroportuarias debían ser abonadas en dólares en el caso de vuelos internacionales, incluidos los de países limítrofes.

En su demanda contra el Estado nacional, Mexicana de Aviación obtuvo una sentencia favorable en el fuero contencioso administrativo, cuya sala 4 negó las facultades constitucionales invocadas por el Ejecutivo para el dictado del decreto 577/02.

Según esa instancia «el presidente de la Nación no puede actuar fuera del ordenamiento jurídico».

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