Definen modelos de convenios para garantizar acuerdo de precios
-
Cómo aprovechar las ofertas y no perder dólares: qué es lo que conviene comprar en el exterior
-
Empresarios de sectores clave respaldaron el rumbo económico de Milei, pero alertaron que el proceso "requerirá de dolor"
Cualquier restricción al número de productos deberá ser previamente autorizado por la Secretaría de Comercio y la oferta no podrá estar sujeta a la compra-venta de otros productos.
El modelo de convenio establece una "revisión periódica trimestral", convenida en base a la evolución de las condiciones de producción, comercialización y distribución de los productos.
A la vez, para la venta de cortes de carne, frutas, verduras y panificaciones, las revisiones podrán hacerse con una frecuencia mensual, a pedido de los supermercados.
Para realizar las actualizaciones "se tendrán en cuenta el impacto en la estructura de costos de la variación de: los precios de venta de los proveedores, costos salariales de distribución y comercialización de los productos, valores de energía y combustible, cargas tributarias y tasas".
El Estado nacional se compromete a difundir por los medios de comunicación públicos el listado de productos incluidos en el acuerdo y sus precios, mientras los supermercados deberán "exhibir y consignar de forma cierta, clara y detallada en sus puntos de venta" los artículos y valores acordados.
Otro anexo contempla el compromiso de los proveedores de garantizar el "normal abastecimiento y la comercialización" de la totalidad de los productos acordados.
Reitera además las obligaciones asumidas en cuanto a revisiones periódicas de precios y eventuales modificaciones en el listado.




Dejá tu comentario