El miércoles comisión de Diputados tratará modificación en Ganancias
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Parlamento, será puesta a consideración de los diputados que integran la comisión de Presupuesto el próximo miércoles a las 11,30.
Es que el propio radicalismo, primera minoría en la comisión, reconoció que no le disgusta el proyecto y que sólo le interesa que también se pongan sobre la mesa de trabajo otras iniciativas que existen en el mismo sentido.
El vicepresidente del blque radical, Miguel Giuberguia (Jujuy), señaló que "existen otros proyectos sobre e impuesto a las ganancias que podrían ser considerados junto con el del gobierno. Esperamos que se de un debate amplio".
El proyecto contempla un incremento del mínimo de ganancias netas de deducciones personales del trabajador a partir de los actuales 48.000 pesos hasta los 91.000 con carácter retroactivo al 1 de enero de este año, implicando para el Estado nacional un costo fiscal inicial de 1.500 millones de pesos.
La medida disminuye a cinco los tramos de ganancias netas e incrementa el monto de ganancias netas a partir de los cuales comenzarán a sufrir reducciones las deducciones previstas en el artículo 23 de la Ley del gravamen.
Esta modificación a la "tablita" impuesta por el ex ministro de Economía de la Alianza, José Luis Machinea, prevé también "una nueva escala para las deducciones anuales en concepto de ganancia no imponible, cargas de familia y deducción especial".
Estas deducciones sirven a los efectos de determinar el citado gravamen correspondiente a personas físicas y sucesiones indivisas, lo que lleva a que el mínimo pase de los 4.600 pesos, anunciados por el propio Abad, a los 7.500 pesos mensuales que se desprende del Proyecto de Ley.
También incluye un incremento de las cargas familiares por cónyuge e hijos, de 6.000 a 8.000 pesos para el primer caso y de 3.000 a 4.000 para el segundo.
El cuadro se completa para más de 91.000 pesos hasta 130.000 con una disminución al 50 por ciento por sobre el total de las deducciones por Ganancias; de 130.000 a 195.000, a 70 por ciento; de 195.000 a 221.000, a 90 por ciento; y sin reducciones para valores mayores a esta última cifra.




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