28 de enero 2003 - 00:00

¿Fue equitativa la pesificación?

Muchas veces se ha planteado que la pesificación fue una medida de equidad que evitó que la devaluación, en una economía tan dolarizada como la argentina, beneficiara injustamente a algunos a costa de otros. Veamos cómo funcionó este loable postulado teórico en algunos casos reales:

• Caso 1: las deudas bancarias de comercio exterior fueron de las pocas excluidas de la pesificación. Esta exclusión puede parecer lógica para un exportador pero ¿se puede calificar de equitativa una medida que a un importador le multiplica casi por cuatro su deuda en pesos al mismo tiempo que su negocio, a diferencia de un exportador, se derrumba por la devaluación?

• Caso 2: tomemos el caso de un pequeño ahorrista que, temeroso por la historia de recurrentes expropiaciones bancarias en nuestro país, optó por invertir sus dólares fuera del sistema financiero, pero en la Argentina y en forma totalmente legal, a través de una hipoteca privada en una escribanía
. Recordemos que a un ahorrista bancario le pesificaron sus dólares a 1,4 y, además, le dieron como alternativa la opción de elegir un título por sus dólares originalmente depositados. Sin embargo, al ahorrista que estaba fuera del sistema financiero le pesificaron sus dólares 1 a 1 sin ninguna otra alternativa.

• Caso 3: a los deudores que habían dado en garantía su vivienda única se les pesificó la deuda 1 a 1
. Sin embargo, el valor de sus viviendas aumentó significativamente en términos de pesos con lo cual se generó la siguiente paradoja: supongamos que una persona destinó u$s 10.000 propios y obtuvo un crédito por u$s 90.000 de un banco para comprar su vivienda por u$s 100.000. Hoy se estima que el precio de su casa cayó 50% en dólares, es decir, a u$s 50.000. Por otra parte, su préstamo pesificado representa actualmente algo más de u$s 25.000 ($ 90.000/ 3,6). De esta forma, si este deudor vendiera su casa y cancelara la hipoteca obtendría un neto de u$s 25.000, lo que representa, respecto de su inversión original, una ganancia de 150% en dólares. ¿Se puede considerar equitativa una pesificación que le generó al deudor una ganancia de 150% en dólares mientras que al ahorrista, que es quien le proveyó al deudor 90% de los fondos para que compre su casa, le generó una pérdida de 50% en dólares (si optó por CEDRO o 60% si optó por BODEN)?

Podríamos relatar situaciones similares con tenedores de títulos públicos que están bajo ley argentina que fueron pesificados y hoy valen casi la mitad que los de ley extranjera; con los compradores de LETES que lo hicieron con el compromiso explícito del Estado de que podrían ser utilizados para pagar impuestos en caso de modificación de sus cláusulas y ahora se lo prohíben; con los deudores morosos que se beneficiaron con descuentos superiores a 50% en la cancelación de sus deudas respecto de los deudores al día que los excluyeron de este beneficio; con lo deudores que gestionaron préstamos en pesos por temor a una devaluación y por ello pagaron sobretasas respecto de los endeudados en dólares y otros tantos casos que ciertamente nos harían dudar sobre el calificativo a dar a la pesificación: ¿fue equitativa o arbitraria?

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