Gobierno disolvió Comisión asesora de inversiones hidrocarburíferas
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En tanto, ordena que "los derechos derivados de las acciones de titularidad del Estado Nacional en YPF S.A. y en YPF GAS S.A., con excepción de las acciones que pertenecieren al Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Régimen Previsional Público de Reparto creado por el Decreto N° 897/07, serán ejercidos por el Ministerio".
Macri derogó los artículos 2, 3, 4, 5, 13, 14, 15, 18, 19, 20, 21, 25, 26, 27, 28, 31 y 32 del Reglamento del Régimen de Soberanía Hidrocarburífera. Los artículos del 2 al 5 y del 13 al 15 del decreto firmado por la expresidente Cristina de Kirchner explican los alcances del Plan de Inversiones para el área hidrocarburífera y los objetivos y funciones de la Comisión que quedó disuelta.
De los artículos 18 al 20 se planteaba la posibilidad de la Comisión encargada de coordinar las inversiones la realización de auditorías, fiscalizaciones y hasta sanciones, y la imposibilidad de las refinadoras dejar de abastecer a su cadena comercial ante posibles paradas técnicas. Por el artículo 20, la Comisión podía fiscalizar en forma permanente el cumplimiento de especificaciones para los combustibles que se comercialicen en el territorio nacional.
Con el artículo 25 se imponía un plazo de 60 días para cumplir con la evaluación del plan de inversiones de las empresas prestadoras, en el 26 se resaltaba la necesidad de impulsar auditorías en forma trimestral y la facultad para aplicar sanciones. En el 27 se menciona la voluntad la de "asegurar precios comerciales razonables" por parte de la Comisión encargada de regular el Plan de Inversiones Hidrocarburífera, con la publicación de precios de referencia de costos y precios de referencia para la venta de hidrocarburos y combustibles.
El artículo 28 explicitaba la potestad de la Comisión de fiscalizar "la razonabilidad de los costos informados" y contar con la "facultad para adoptar las medidas que estime necesarias para evitar y/o corregir conductas distorsivas que puedan afectar los intereses de los consumidores en relación al precio, calidad y disponibilidad de los derivados de hidrocarburos, de acuerdo a lo previsto en la Ley N 20.680". En los artículos 31 y 32, se dejaba abierta la posibilidad de impulsar "multas, apercibimientos, suspensiones, eliminación de registro, nulidad o caducidad de las concesiones o permisos" a instancias de la Ley 17.319 para con las empresas hidrocarburíferas.
El Gobierno dispuso que las competencias que Estado Nacional mantenía en estos segmentos pasen a manos del Ministerio de Energía, a cargo de Juan José Aranguren, quien como autoridad de aplicación deberá atender lo expresado por las leyes 17.319 y 26.197.
También se indicó que las medidas adoptadas hasta aquí por la Comisión de Planificación del Plan Hidrocarburíferas "conservarán su vigencia en tanto no se disponga lo contrario en forma expresa por resolución del Ministerio de Energía y Minería".
Además de Macri y Aranguren, firmaron el decreto el jefe de Gabinete Marcos Peña, y el ministro de Hacienda, Alfonso de Prat Gay.
• Designaciones
En otros dos decretos publicados este lunes en el Boletín Oficial, se designaron secretarios y subsecretarios de Energía y Minería. El 270/2016 nombra al ingeniero Electromecánico Alejandro Valerio Sruoga en Eléctrica; al químico Daniel Ángel Redondo en Planeamiento Energético Estratégico; a ingeniero José Luis Sureda como secretario de Recursos Hidrocarburíferos, y a licenciado en geología Daniel Meilan en la Secretaria de Minería.
El decreto 271/2016 incluye más de una docena de nuevos funcionarios: Sebastián Alberto Scheimberg (Coordinación Administrativa) Andrés Chambouleyron (Coordinación De Política Tarifaria); Sebastián Alejandro Kind (Energías Renovables); Jorge Hugo Marcolini (Energía Hidroeléctrica); Julián Gadano (Energía Nuclear); Osvaldo Ernesto Rolando (Energía Térmica, Transporte y Distribución De Energía Eléctrica); Mauricio Ezequiel Roitman (Escenarios y Evaluación de Proyectos); Andrea Viviana Heins (Ahorro y Eficiencia Energética); Alberto Raúl Brusco (Infraestructura Energética); Marcos Pourteau (Exploración y Producción); Pablo Ricardo Popik (Refinación y Comercialización), Santiago José Dondo (Política Minera), y Mario Osvaldo Capello (Desarrollo Minero).




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