Gobierno frenaría aumento en prepagas
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Justo en momentos en que se conocen estos inminentes aumentos, se publicó ayer en el Boletín Oficial la Resolución 9/ 04 que detalla las cláusulas que serán consideradas abusivas en los contratos de prestación de servicios de medicina.
La norma establece que se considerará abusiva aquellas cláusulas que le otorguen al proveedor de servicios de medicina prepaga la facultad de «modificar unilateralmente» o «rescindir sin causa» el contrato de prestación de servicios.
Pero según advirtió el abogado de la Asociación de Defensa del Consumidor (ADECUA), Osvaldo Riopedre, a este diario «la secretaría no tuvo en consideración temas mucho más importantes y argumentos más sólidos para frenar los aumentos».
Según Riopedre «no sólo la resolución no tiene nada nuevo sino que deja abierta la posibilidad a las empresas de que si avisan con una anticipación no inferior a 60 días de la entrada en vigencia del cambio y permiten que el usuario tenga opción de rescindir el contrato sin cargo, no estarían contrariando la resolución».
Vaca Narvaja dijo ayer que los argumentos esgrimidos por las prepagas para subir las cuotas son «injustificados» y anticipó que serán rebatidos porque a pesar de que hay libertad de precios, los incrementos anunciados son considerados «abusivos».
La resolución detalla que son abusivas las cláusulas que «otorguen al proveedor la facultad de modificar unilateralmente el contrato, excepto en relación con los que se hubieran celebrado por tiempo indeterminado y que además reúnan una serie de requisitos». Entre ellos «los eventuales cambios que se hallaren expresamente previstos en el contrato» o que el cambio «no altere el objeto del contrato o pudiera importar un desmedro en la calidad de los servicios comprometidos al momento de contratar».



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