Junto con el anuncio del fuerte aumento en los precios mayoristas de la energía, que originará un incremento de hasta 600% en las tarifas residenciales y comerciales, se informó de la creación de una tarifa social para sectores con menos recursos.
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El propio ministerio de Energía presentó un esquema con las condiciones a aplicar por el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), pero aún resta la intervención del Consejo Nacional de Políticas Sociales, que será quien estime finalmente las condiciones para acceder al beneficio. Consultadas por ámbito.com, fuentes del ministerio de Desarrollo Social informaron que "por ahora" no se brindarán mayores detalles sobre este punto.
La tarifa social propone un servicio gratuito para quienes consuman hasta 150 kw por mes (podrían abonar sólo los costos por la emisión de facturas). Según el director de Fundación para el Desarrollo Eléctrico (Fundelec), Oscar Dores, permite cubrir el consumo por familia con un equipamiento básico sin aire acondicionado. Su primera presunción es que un 20 por ciento de la población podría ser alcanzada por la denominada tarifa social.
Para el consumo mensual excedente de 150 kWh/mes, es decir, que sobrepase el límite estipulado cubierto por la tarifa social, y siempre que sea menor o igual al registrado en el mismo mes del año anterior, existirá un valor menor para el megavatio mayorista: $31,39. Teniendo en cuenta que se fijó en $773, representa una reducción en el precio de un 95%.
LOS REQUISITOS PARA ACCEDER SON:
-Ser jubilado o pensionado por un monto equivalente a dos veces el haber mínimo nacional. La jubilación mínima se encuentra en la actualidad, tras el aumento de septiembre pasado, en $ 4.299. De esta manera, accederán aquellas personas cuyos ingresos previsionales no superen los $ 8.598.
-Personas con empleo en relación de dependencia, que perciben una remuneración bruta menor o igual a 2 Salarios Mínimos Vital y Móvil (SMVM). Como el salario mínimo está fijado en $ 6.060, ingresarán en esta categoría los trabajadores que reciban una remuneración por debajo de los $ 12.120.
-Ser titular de programas sociales. Resta definir si todos los planes meritan en este punto. Hay que tener en cuenta que además de la Asignación Universal por Hijo, la más abarcativa, existen otros programas como Conectar Igualdad, Argentina Trabaja, Familias, Manos a la obra, Ingreso social con trabajo. Ellas hacen, Plan más y mejor trabajo y acciones de capacitación laboral.
-Estar inscripto en el Régimen de Monotributo Social.
-Estar incorporado en el Régimen Especial de Seguridad Social para empleados del Servicio Doméstico (artículo 21 de la Ley N° 25.239).
-Estar percibiendo el seguro de desempleo.
- Contar con certificado de discapacidad.
A LA VEZ, EXISTEN CAUSAS PARA QUEDAR EXCEPTUADO DE RECIBIR ESTE BENEFICIO:
-Si en el cruce de información por padrón, el titular del servicio figura como fallecido.
-Ser titular de más de un inmueble en el Registro de propiedad.
-Aquellos propietarios de automóviles con modelos de menos de 15 años de antigüedad.
-Quienes posean aeronaves o embarcaciones de lujo.