20 de octubre 2004 - 00:00

No gritar en empresas ¿en la Casa Rosada si?

El Congreso avanzó ayer en otro argentinismo. Un proyecto de ley castigará a quien difunda rumores en empresas, a quien le grite a su empleado, a quien «prive de responsabilidades a personas con aptitudes», a quien «asigne misiones sin sentido». ¿Qué jerárquico podría cumplir sus funciones y producir negocios rentables no hablándoles a sus empleados? El proyecto describe una irrealidad en empresas que quizá, como cuenta la leyenda, pueda sí aplicárseles a altos funcionarios presidenciales que encuentran solaz en el «acoso moral» a sus ministros. Con esto basta para que este proyecto fracase.

Daniel Scioli, el senador Miguel Pichetto, y los gremialistas Susana Rueda, Andrés Rodríguez y Julio Piumato, en la presentación del proyecto de ley contra violencia laboral.
Daniel Scioli, el senador Miguel Pichetto, y los gremialistas Susana Rueda, Andrés Rodríguez y Julio Piumato, en la presentación del proyecto de ley contra violencia laboral.
El sindicalismo eligió ayer el Salón Azul del Congreso para festejar la presentación de un polémico proyecto de ley contra la «violencia laboral» que puede complicar a las empresas. La norma establece un margen tan amplio de motivos de denuncia por parte de los trabajadores que la Justicia hasta podría intervenir empresas para tutelar los derechos de los empleados que se consideren «violentados». Lo curioso es que la norma alcanzará y sancionará también a los funcionarios estatales que sean denunciados por maltrato por sus empleados, algo que obligará hasta al propio Néstor Kirchner a limitar sus clásicas bromas pesadas a colaboradores, que lo han hecho famoso.

La iniciativa contó con algunas de las firmas más importantes del Senado: Miguel Pichetto, Liliana Negre de Alonso, Ada Maza y Raúl Ochoa, lo que hace presumir un avance cierto en el tratamiento en comisiones. Y sumó ayer el apoyo de Daniel Scioli; de la secretaria de la CGT, Susana Rueda, y de los dirigentes Julio Piumato (judiciales), Andrés Rodríguez (UPCN) y Norberto Di Prospero (Legislativos), más todo el salón colmado de empleados de gremios estatales, un indicio de que los actos de violencia en el ambito público deben ser más frecuentes que lo pensado.

• Definición

El proyecto define como violencia laboral a «toda aquella situación en la que una o varias personas, sean superiores jerárquicos o no, ejerzan violencia psicológica, en forma sistemática y recurrente, durante un tiempo prolongado, sobre otra u otras personas en el lugar de trabajo (...) con el fin de degradar sus condiciones de trabajo, destruir sus redes de comunicación, perturbar el ejercicio de sus labores y/o conseguir desmotivación laboral, causándoles alarma, perturbación, hostigamiento, miedo, intimidación, molestia o angustia capaz de poner en peligro su fuente de trabajo».

La definición es tan amplia y difusa que contempla desde «alzar la voz o gritar sistemáticamente al personal subalterno» hasta el « acoso sexual».

Incluso se obliga a los empleadores públicos o privados a exponer en los lugares de trabajo en carteles -se precisa que no deben tener menos de 15 por 21 centímetros- una lista con las actitudes hostiles de sus jefes que los empleados deben denunciar a la Justicia.

• Obligaciones

Sobre el empleador recae la obligación de mantener un ambiente de trabajo que respete y controle la problemática de la violencia laboral y será solidariamente responsable por las acciones que se inicien contra ejecutivos o funcionarios cuando no haya solucionado a tiempo problemas de relación laboral.

Si el conflicto no se aclara,
se le da derecho al trabajador a considerarse despedido y, en ese caso, la indemnización se duplica. A eso se suma que en caso de incumplimiento de la ley se aplicarán multas de entre 5 y 20 salarios mínimos, cuyo producido se aplicará a tareas de promoción de la ley contra la violencia laboral.

Igualmente complicado es el procedimiento de «
tutela judicial» de los derechos de los empleados. Cuando alguno de ellos se considere violentado en su ámbito laboral podrá iniciar una demanda de tutela contra el acto de violencia y el juez deberá intervenir para restablecer el derecho del empleado. Es decir, que prácticamente se habla de una intervención a la empresa y una multiplicación directa de la industria del juicio laboral.

El proyecto alcanza de lleno a
la Nación, las provincias y los municipios, al punto que el artículo 15 establece que la situación de violencia laboral será considerada «inconducta grave en el ejercicio de las funciones y causal de mal desempeño a los fines de la suspensión, del juicio político y/o del jury de enjuiciamiento o remoción de los funcionarios».

• Problema común

Por eso no llamó la atención que el propio Pichetto declarara que «la mayoría de los casos se da en el sector público», hecho ratificado por la presencia masiva de empleados de la Unión del Personal Civil de la Nación. También se comentaba en el Salón que el problema debe ser común en el ámbito de jueces, ya que los máximos delegados del gremio judicial patrocinaron la presentación del proyecto: « La violencia laboral aumentó por la precarización del empleo, que generó, entre otras cosas, que miles de compatriotas perdieran sus fuentes de trabajo y que otros continúen en sus puestos con temor a perderlas», dijo Piumato.

Rueda juntó agua para su molino y denunció que, en realidad, «
las situaciones de violencia laboral son aplicadas, por lo general, contra las mujeres; es una práctica muy habitual entre los empresarios que se realiza a través de empleados de niveles intermedios».

Dejá tu comentario

Te puede interesar