11 de julio 2006 - 00:00

Oficializan aumento de nafta para extranjeros en la frontera

El esquema optativo de precios diferenciales para la venta de combustible a vehículos con chapa extranjera en las estaciones de servicio ubicadas en áreas de frontera entrará en vigencia el próximo 10 de agosto.

Así lo establece la resolución 938/2006 de la Secretaría de Energía publicada hoy en el Boletín Oficial, anunciada ayer por el secretario Daniel Cameron con el fin de asegurar el abastecimiento interno.

En los últimos tiempos se registró un aumento de ventas en estaciones de frontera muy superior a la media de todo el país, lo que implica una exportación indirecta de un combustible que la actividad productiva local necesita.

Ese incremento se produce alentado por la diferencia cambiaria existente entre los países de la región y la política tributaria que aplica el Gobierno en el sector combustibles para que los consumidors que residen en el país puedan acceder a los mismos a precios inferiores a los vigentes en otros mercados.

A partir de esta medida, las estaciones podrán habilitar uno o más surtidores con precio diferencial para vehículos con patente extranjera, por cada producto que decidan vender bajo la modalidad de precio diferenciado.

Para verificar el origen del vehículo se tendrá en cuenta la placa identificatoria, y cuando surjan dudas se pedirá al conductor la documentación identificatoria del rodado.

Los vehículos radicados en el extranjero que ostenten placas identificatorias diplomáticas u oficiales quedarán excluidas de esta modalidad de venta de combustibles.

El precio diferencial a aplicar deberá alcanzar valores que tornen razonablemente indiferente para el consumidor particular o transportistas, residente en el país limítrofe, el lugar donde realice la carga de combustible.

La subsecretaría de Combustibles está facultada para dictar las disposiciones complementarias y para exceptuar del esquema establecido a estaciones de servicio en las que surja, luego de analizado el caso particular, la inconveniencia de aplicar este precio diferenciado en las mismas.

Por otra parte los propietarios de estaciones que no cumplan con la Resolución serán sancionados con multas que oscilarán entre el equivalente a 100 litros y hasta 150.000 de nafta súper.

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