23 de marzo 2007 - 00:00

Prepaga podrá subir sólo 25%

La Justicia Civil y Comercial limitó a 25% el aumento que una prepaga podrá aplicar a la cuota de sus afiliados, a quienes tampoco les podrá hacer una modificación de las prestaciones.

El fallo fue dictado por la Sala I de la Cámara Civil y Comercial que hizo lugar parcialmente a una medida cautelar presentada por la Asociación Mutual de Personal de Dirección de Subterráneos.

En la presentación judicial se había cuestionado que la empresa de medicina prepaga Grupo Galeno pretendía aumentar en 60% el valor de la cuota para sus afiliados.

Ante esto, la Asociación Mutual -que dice representar a alrededor de 300.000 afiliados- pidió a la Justicia que se dictara una orden de «no innovar» que paralizara posibles aumentos o modificaciones en el régimen de prestaciones.

El juez de primera instancia fue Alejandro Saint Genez, quien rechazó el pedido de la Asociación Mutual, lo que derivó en que el expediente fuera apelado ante la Sala I de la Cámara Civil y Comercial.

  • Tope

    Al analizar el planteo, los jueces decidieron fijar un tope de 25 por ciento para el aumento previsto por la prepaga al considerar que era «razonable» adoptar ese criterio hasta tanto se dicte sentencia definitiva en el expediente.

    Los jueces Francisco de la Carreras, Martín Farrell y María Najurieta decidieron «hacer prevalecer el derecho invocado por el demandante a los fines de evitar los perjuicios que se pudieran producir en caso de que no se dicte la medida solicitada».
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