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24 de febrero 2015 - 08:27

Ratifican fallo a favor de holdouts en Alemania (no es ejecutable)

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La justicia de Alemania falló contra la Argentina y ordenó que el país le pague a bonistas europeos deuda por títulos más los intereses por una suma cercana a los 6.000 euros. Sin embargo, el Ministerio de Economía aclaró que causas como éstas se produjeron miles desde el 2001 y que "este tipo de sentencias monetarias no resultan ejecutables".

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Según agencias internacionales de noticias, el Tribunal Federal de Justicia de Alemania rechazó los argumentos presentados por la defensa de Argentina que sostuvo que el derecho internacional "permite a los países por defecto retener los pagos de todos sus bonos si se llega a un acuerdo con la mayoría de los acreedores".

El fallo dictado por el juez Hans-Ulrich Joeres de un tribunal de la ciudad alemana de Karlsruhe favorece a los tenedores de bonos en default que no entraron a los canjes de deuda y dispuso que la Argentina deberá pagarles los intereses devengados por un monto cercano a los 6 mil euros.

En su sentencia, el juez en una audiencia que se realizó el martes sostuvo que "ni la crisis financiera de 2008 y 2009, ni las medidas de Europa de rescate para Grecia y Chipre establecieron una regla general de que los acreedores de un Estado en una angustia económica y financiera deben participar en una reestructuración".

A través de un comunicado, el Ministerio de Economía aclaró que "la República se ve obligada a recordar que con motivo del default del año 2001, se iniciaron miles de causas judiciales, en diversos países del mundo, solicitando el cobro de los bonos en default que no ingresaron a los Canjes 2005-2010, como sí lo hizo la mayoría del 93% de los bonistas".

"El fallo de la Justicia alemana del día de la fecha se inscribe entre los más de 600 litigios por montos menores que existen actualmente en dicho país (en este caso, el reclamo es por alrededor de 6.000 euros), y no constituye ninguna novedad procesal ni revés para la República Argentina, toda vez que por ser un Estado Soberano goza de inmunidad de ejecución", explicó la cartera de Hacienda.

Así, concluye que el comunicado que "por lo tanto, este tipo de sentencias monetarias no resultan ejecutables contra la República Argentina, y no constituye ninguna novedad ni revés judicial".

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