27 de septiembre 2001 - 00:00

Reglamentan cajas de ahorro para pagar a los jubilados

El Banco Central reglamentó ayer el funcionamiento de las cuentas de ahorro gratuitas donde deberían empezar a cobrar los jubilados desde noviembre. Significa que dentro de un mes los 4 millones de jubilados y pensionados (incluyendo a los nacionales y de los regímenes provinciales) deberían cobrar sus haberes a través de cajeros automáticos, si es que el Poder Ejecutivo no prorroga el decreto que creó este sistema (Nro. 895).

Los bancos piden un plazo de 180 días para ajustar los detalles del sistema.
Sin embargo, al existir indefinición, el Banco Provincia de Buenos Aires decidió no renovar su contrato con la ANSeS y le otorgó un período de gracia de 90 días para que reasigne a los pasivos y se evite el caos entre los 735.000 pasivos que atiende actualmente. Y como el gobierno no cambió los plazos, ahora también informó de idéntica decisión el Banco Ciudad, que atiende el pago de 205.000 jubilaciones. No hay que olvidar que el servicio de pago a jubilados lo brindan unos pocos bancos, y lo hacen por tener un convenio con la ANSeS donde se les reconocía una retribución. Pero en su afán de reducir los gastos, desde octubre la ANSeS no va a pagarles más comisiones a los bancos (unos 73 millones anuales). Eso quiere decir que el banco que preste el servicio de pagos tendrá que correr con los gastos del sistema.

Los banqueros solicitaron una reasignación de jubilados, sobre la base de uno de dos parámetros:

Al tamaño relativo que tiene cada entidad en el sistema.

A la calidad de los jubilados: para que todos los bancos tengan igualdad de oportunidades de venderles a los jubilados otros servicios bancarios, además de las cuentas de haberes gratuitas (préstamos, plazos fijos, seguros, etcétera).

Aspectos principales

Los puntos destacados del proyecto aprobado por el Banco Central que se difundirá hoy, al que accedió Ambito Financiero, son los siguientes:

• Aperturas de cuentas:
los bancos que vienen prestando el servicio de pagos deberán abrir cuentas de ahorro a los jubilados antes de que concluya octubre.

• Costo:
no tendrán costo por ningún concepto cuando se acuerden con los jubilados las cuentas con prestaciones mínimas.

• Condiciones mínimas:
estas cajas de ahorro servirán para que los jubilados puedan realizar otros depósitos, pero para que sean sin costo se permitirá hasta una extracción por las ventanillas y hasta tres a través de los cajeros automáticos. Si los jubilados deciden hacer más extracciones que las «mínimas», entonces las cajas de ahorro tendrán costos fijados libremente por cada entidad.

• Resúmenes de cuenta:
los bancos no estarán obligados a emitir periódicamente los resúmenes de cuenta. En lugar de eso, a requerimiento del titular de la cuenta, los cajeros automáticos deberán estar preparados para emitir un ticket con los diez últimos movimientos de las cuentas. Con este ticket, al mostrar los depósitos de haberes, los jubilados tendrán derecho a las prestaciones del PAMI.

• Tarjetas: serán sin costo para los jubilados. Esas tarjetas servirán para pagar en los supermercados, los comercios adheridos y para realizar débitos directos de servicios públicos y privados «sin límite de adhesiones», y de impuestos.


• Régimen de transición: no hay previsto ningún régimen de transición.
Es decir, los 4 millones de jubilados actuales recibirán en el transcurso de octubre un comprobante por la apertura de su cuenta y las tarjetas para cobrar sus haberes. Quienes no retiren su plástico desde el aviso del banco y en el plazo de tres meses se quedarán sin tarjeta, ya que las entidades tienen instrucciones de destruirlas.

• Titulares:
tanto las cuentas como las tarjetas estarán abiertas, sin excepción, a nombre de los jubilados. De todos modos, podrán abrirse cuentas gratuitas junto con otras personas (técnicamente, «orden indistinta») en el caso de existir un apoderado, un tutor o curador. Las tarjetas también vendrán a nombre de los jubilados.

• Controles:
las entidades sólo tendrán que velar por el buen funcionamiento de las cajas de ahorro y de las tarjetas, sujetas al control del Banco Central. Eso significa que el control sobre la supervivencia de los jubilados (es decir si corresponden o no las acreditaciones) quedará a cargo de la ANSeS.

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