También falló que no habrá cuotas en indemnizaciones
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La aseguradora de riesgos de trabajo que le pertenecía se basó en un artículo de la ley para pagarle a la víctima la indemnización en cuotas mensuales, lo que provocó que esa decisión fuera impugnada ante la Justicia. Milone adujo que la renta que percibía mensualmente era «magra, perversa y exigua», por lo que exigió el cobro del dinero en su totalidad, reclamo que fue acogido en forma favorable por el juez de primera instancia y por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.
• Convalidación
Al llegar el planteo a la Corte por apelación de la ART, los ministros Enrique Petracchi, Antonio Boggiano, Juan Carlos Maqueda, Eugenio Zaffaroni y Elena Highton de Nolasco decidieron convalidar los fallos inferiores.
A criterio de los jueces, la Ley de Riesgos del Trabajo preveía entre sus objetivos «reparar los daños derivados de los accidentes de trabajo y las enfermedades» producidas como consecuencia de éstos, pero aclararon que ese propósito no se cumple con el pago en cuotas del resarcimiento económico. «En el caso de que no se satisfacen los requerimientos de asegurar una condición de labor equitativa, justa, toda vez que por su rigor la norma cuestionada termina desinteresándose de la concreta realidad sobre la que debe obrar», explicaron los ministros.
Los jueces evaluaron que una discapacidad ocasionada por un accidente laboral «repercutirá no sólo en la esfera económica de la víctima, sino también en diversos aspectos de su personalidad que hace al ámbito doméstico, cultural y social con la consecuente frustración del desarrollo pleno de la vida».
«El medio reparador de ser inadecuado puede añadir a la frustración una nueva tal como sucede con el sistema originario de la ley que reduce drásticamente el universo de opciones que le permitirían al trabajador reformular su proyecto», concluyeron.




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