El Congreso declaró ayer la intangibilidad de los depósitos a la vista o a plazo fijo, medida con la cual prohíbe al Poder Ejecutivo modificar las condiciones pactadas entre depositantes y bancos. En la sesión de la víspera, el Senado -sin que mediara debate alguno y en trámite sumario-terminó de convertir en ley el proyecto que había logrado la media sanción de Diputados hace 8 días.
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En la misma sesión, se votó la exclusión del Fondo Especial del Tabaco (FET) del Presupuesto nacional y la norma que reconoce el derecho de las municipalidades de cobrar un canon por uso del espacio aéreo de sus distritos, medida que afecta directamente a las empresas telefónicas y de televisión por cable. La iniciativa de intangibilidad de los depósitos es una clara señal de protección a los pequeños ahorristas, ya que evitaría también -con esta garantíaeventuales corridas bancarias ante el temor a una medida confiscatoria por parte del Estado, similar a la que se produjo a fines de 1989 con el plan BONEX, lanzado por el ministro de Economía menemista Antonio Erman González. En ese sentido, el Congreso intentó asegurar que el dinero depositado no se podrá canjear por bonos o títulos, si así lo dispusiera una medida del gobierno.
La iniciativa aprobada anoche considera «intangibles» para el Estado nacional todos los depósitos, ya sean en pesos o en dólares, tomados por las entidades financieras autorizadas por el BCRA. Esa intangibilidad consiste en que «el Estado nacional en ningún caso podrá alterar las condiciones pactadas entre los depositantes y la entidad financiera». «Esto significa la prohibición de canjearlos por títulos de deuda pública nacional u otro activo del Estado nacional ni prorrogar el pago de los mismos ni alterar las tasas pactadas ni la moneda de origen, ni reestructurar los vencimientos, los que operan en las fechas establecidas entre las partes», señala el proyecto del diputado Víctor Peláez (UCR-Neuquén).
Senadores y diputados coincidieron en darle carácter de orden público a la ley, es decir que no podrá ser modificada por una convención entre particulares. Asimismo, ratifica que los derechos derivados para los depositantes y las entidades depositarias de las operaciones son derechos adquiridos y protegidos por la Constitución.
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