13 de diciembre 2013 - 00:00

AFIP II: fija el número mínimo de empleados

Fijó ayer la AFIP el Indicador Mínimo de Trabajadores (IMT) que deben respetar las pizzerías, bares y confiterías, según posean o no servicio de comidas, así como también para balnearios, bungalows, cabañas y para servicios de carga de "saneamiento ambiental".

A través de una serie de resoluciones publicadas en el Boletín Oficial, el organismo dio cuenta de que las pizzerías y cafés con servicio de comidas requieren de un trabajador por cada 5 mesas disponibles al público, (20 comensales en total) por turno de ocho 8 horas (incluye pizzero, cocinero, bachero, cajero y personal de mostrador y salón), siendo cuatro el mínimo de empleados que requiere cada establecimiento. En tanto que pizzerías y café sin servicio de comidas, requieren de un trabajador por cada 7 mesas disponibles al público, por turno de ocho 8 horas (pizzero, cocinero, bachero, cajero y personal de mostrador y salón), siendo tres el mínimo de empleados que requiere el establecimiento.

Dejá tu comentario