11 de junio 2019 - 00:00

La AFIP reduce el pedido de información a contribuyentes

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Agencia Noticias Argentinas.

Uno de los objetivo que remarca habitualmente en sus alocuciones el administrador federal de AFIP, Leandro Cuccioli, es el de facilitar el cumplimiento de los contribuyentes, fundamentalmente a través de la simplificación de las obligaciones a observar, eliminando reiteraciones y acelerando los procedimientos.

Si bien es cierto que esta meta no se ve reflejada en los sistemas que hacen a las obligaciones de inminente vencimiento (Ganancias y Bienes Personales), habiéndose generado un clima de angustia en la relación fisco-contribuyente, no es menos cierto que en otro sentido parece cumplirse con lo prometido.

En efecto, el funcionario había adelantado poco tiempo atrás que en la administración tributaria existen 48 sistemas de información que implica que los contribuyentes deban brindar datos al organismo, muchos de los cuales ya los posee. En este marco, Cuccioli se comprometió que durante el año 2019 se eliminarían 19 de ellos.

El puntapié inicial fue el 15 de mayo cuando por medio de la Resolución General 4.482 se derogó el régimen informativo para prestaciones de modelaje a título oneroso que regulaba la Resolución General 2.863.

Ese panorama se amplió a partir de ayer al publicarse oficialmente la Resolución General 4.502 que derogó una serie de regímenes de información, descomprimiendo la presión administrativa de ciertos sectores de responsables.

Los regímenes dejados sin efecto son los siguientes:

  • RG 3.424, que había creado el “Registro de Contribuyentes Socialmente Responsables” (RegistraRSE), el cual resultaba de incorporación voluntaria.
  • RG 3.572, Título II, donde de estableció un régimen de información entre sujetos vinculados con otros del país o del exterior respecto de las operaciones realizadas en el mercado interno con cualquier sujeto con los que se efectuara compraventa de bienes, servicios técnicos y otros, licencias para producir, alquiler de inmuebles, por mencionar solo algunos ejemplos. A la par se derogan los Anexos II y III.
  • RG 3.692, Título III, a través del que se implementó el “Registro Fiscal de Titulares de Derechos de Exploración o Cateo” en la actividad minera, un régimen informativo asociado y un régimen de retención del Impuesto a las Ganancias aplicable a los pagos efectuados por operaciones económicas sobre los derechos de exploración o cateo.
  • RG 3.724 que había implementado un régimen de información de los remates y subastas de bienes inmuebles, automotores, embarcaciones, aeronaves, obras de arte y objetos suntuarios.
  • RG 3.730 que en su momento dispuso el “Registro Fiscal de Operadores de Obras de Arte” junto a un régimen de información de las compras, ventas e intermediación de obras de arte y la obligación de presentación de una declaración jurada anual a cargo de los titulares de dichas obras de arte.
  • RG 3.906 y su complementaria, que reglamentó el beneficio para los sujetos alcanzados por la Ley 27.253, consistente en el reintegro del IVA por compras efectuadas en comercios de venta minorista abonadas mediante el empleo de tarjetas de débito y tarjetas prepagas no bancarias o su equivalente, el que estuvo vigente hasta el 31/12/18, así que había perdido virtualidad.

La medida entró en vigencia desde ayer, pero resultará de aplicación para las declaraciones juradas e informaciones que venzan a partir del 01/07/19, salvo para la declaración jurada anual de obras de arte dispuesta por el Título II de la RG 3.730, que surtirá efecto a partir del período 2018, inclusive, de manera retroactiva.

Hasta el momento son 7 los regímenes derogados de los 19 comprometido. Como aún resta un buen lapso del año, es una meta posible de cumplir. Demás está decir que la derogación más esperada por los contribuyentes es la de la información sobre compras y ventas que acompaña cada mes a la declaración jurada de Impuesto al Valor Agregado.

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