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Amplían a un año el plazo para liquidar dólares por servicios
El cambio fue dispuesto en la normativa A 6003. De acuerdo con el nuevo texto, las exportaciones de servicios que debían ingresarse a los 15 días hábiles desde su percepción o acreditación en cuenta, ya sea en el país o en el exterior, podrán empezar a registrarse en el mercado cambiario dentro de los 365 días corridos.
La comunicación también incluye una modificación sobre la norma A 4344, que regulaba el ingreso y la liquidación de las divisas "provenientes de venta de contrato de deportistas, marcas, patentes, licencias, franquicias, derechos de autor, regalías, y todo otro activo no financiero no producido o fabricado fijado anteriormente en 30 días".
De este modo, el Banco Central empezó a normalizar para todos los sectores los plazos que ya había ampliado a principios de año sobre los sectores productores de bienes. En esta oportunidad, el Ministerio de Hacienda había justificado la medida como una iniciativa para "promover la competitividad de la economía local, así como una mayor inserción comercial", además de buscar "abrir mercados a los productos argentinos, con reglas simples de exportación y facilidades de financiación para todo el universo de productores, empresas y exportadores". El contexto actual refleja una fuerte mejora en la oferta de dólares, por el canal financiero, que se verá aún más favorecida en las próximas semanas con el ingreso de las divisas del blanqueo de capitales.


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