El Gobierno porteño apelará el fallo de la Justicia porteña que suspendió la ley que permite incinerar residuos. Legisladores del oficialismo aseguraron a este diario que argumentarán contra los fundamentos de la suspensión que consideró que no se realizó el procedimiento de doble lectura para su aprobación. La jueza Elena Liberatori, titular del Juzgado 1 en lo Contencioso y Administrativo de la Ciudad de Buenos Aires ordenó la medida contra la ley 5966 al considerar que se trata de materia ambiental y que, de acuerdo a la Constitución porteña debería aprobarse un Código Ambiental, algo que está en mora, que requeriría para su sanción mayoría especial de votos y la aprobación en primera lectura, luego una audiencia pública y su sanción definitiva. De ese modo señaló que la norma en cuestión es de materia ambiental y necesitaría ese procedimiento. Para los legisladores "ya se sancionaron decenas de leyes ambientales sin pasar por doble lectura".
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La jueza señaló que constituye "una verdadera corruptela" de que la normativa bajo análisis haya sido sancionada "sin el procedimiento constitucional de la Doble Lectura" en la Legislatura porteña.
"Ante la evidencia contundente de que la Ley motivo de análisis ha sido sancionada sin el procedimiento constitucional de la Doble Lectura, de acuerdo a lo informado por la Legislatura, corresponde hacer lugar a la petición cautelar suspendiendo así los efectos de una ley sancionada sin los requisitos de procedimiento Constitucional", resaltó la magistrada.
La ley fue aprobada en mayo pasado y consistió en una modificación a la ley 1854 de Basura Cero, para permitir "la combustión de residuos sólidos urbanos con recuperación de energía (termovalorización), con independencia del grado de reducción de la cantidad de residuos que son destinados a disposición final a los rellenos sanitarios".
Distintas cooperativas de recicladores y ONG presentaron un amparo contra la norma pidiendo su nulidad "en virtud de la gravedad de esta decisión para el ambiente, la salud de la ciudadanía, el trabajo de las cooperativas de cartoneros y recicladores, y de las graves falencias constitucionales producidas durante la discusión parlamentaria de este proyecto que no cumplió, entre otras cosas, con la participación ciudadana obligatoria que establece la Constitución a través del llamado a audiencia pública.
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