- ámbito
- Edición Impresa
Arba: cambio para Ingresos Brutos
En efecto, el titular de Arba, Gastón Fossati, anunció la derogación del sistema Arbanet y simultáneamente aseguró "migramos hacia un esquema moderno y ágil que facilita la relación entre el fisco y los vecinos".
Ese esquema al que se refiere Fossati será el implementado por la Resoluciones Normativas 41/13 y 25/14 que implica que los contribuyentes deberán confeccionar, generar y transmitir sus declaraciones juradas del gravamen, utilizando la aplicación "Declaración Jurada IIBB en línea", que se encuentra en el micrositio "miArba" del portal del Organismo y el cual fue implementado por etapas para otros segmentos de contribuyentes al que ahora se le agregan quienes tributaban por Arbanet. La presentación se realiza por transferencia electrónica de datos (internet).
Para acceder a esa aplicación los contribuyentes deben contar con Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) que otorga la AFIP y su Clave de Identificación Tributaria (CIT) de Arba, requisitos con los que ya debieron contar si tributaban por el sistema derogado.
Una vez ingresado a la aplicación y cubrir todos los datos requeridos, los contribuyentes accederán a la información puesta a disposición por Arba sobre las retenciones y percepciones declaradas por los agentes de recaudación con relación a los mismos, a efectos de posibilitar su revisión. Esto implica corroborar si lo detallado en la aplicación se corresponde con los comprobantes con los cuenta el contribuyente.
Para cumplir con la nueva modalidad de presentación y pago los contribuyentes deberán observar los vencimientos que operan entre el 18/02 al 02/03/16 en función de la terminación del número de la CUIT en una secuencia que va de 0 a 9.
No obstante los obligados a pagar Ingresos Brutos por Arbanet también tenían que presentar una declaración jurada informativa anual a través de cual, de corresponder, se ajustaban los montos ingresados. Esa declaración por el período 2015 debe presentarse en los vencimientos que van del 01/04 al 15/04/16, con igual secuencia en función del número de la CUIT.
Con esta modificación ya no existirá más una diferenciación entre los contribuyentes locales. En adelante todos los sujetos, independientemente de su magnitud, pasan a ser contribuyentes directos del fisco bonaerense.
Vale tener en cuenta que el nuevo sistema será controlado por medio de fiscalización remota (FIRE) lo que implica que los contribuyente necesariamente deberán constituir domicilio electrónico, una obligación ya establecida por la administración anterior de Iván Budassi.


Dejá tu comentario