25 de junio 2012 - 00:00

Arranca en Senado debate por el nuevo Código Civil

Ricardo Lorenzetti
Ricardo Lorenzetti
Se abrirá mañana en el Senado el debate del proyecto de reforma y unificación de los códigos Civil y Comercial que envió el Gobierno al Congreso. Comenzará entonces a conocerse el sentido de muchas modificaciones que el Gobierno introdujo en el nuevo Código y que en algunos casos aparecieron de sorpresa, como el artículo que modifica la moneda de cancelación de obligaciones, pasando de la estructura bimonetaria que consagró la Ley de Convertibilidad, a la que permite que las deudas contraídas en contratos en dólares, cuando no se haya especificado la entrega del billete físico, puedan ser canceladas en pesos.

Junto con ese debate llegarán otros cambios en la institución del matrimonio, el divorcio, la adopción, la fertilización in vitro y las sociedades comerciales.

Así se introdujo esa reforma en la moneda de cancelación de las obligaciones que generó ya el debate por la pesificación de los contratos: «Si por el acto por el que se ha constituido la obligación se estipuló dar moneda que no sea de curso legal en la República, la obligación debe considerarse como de dar cantidades de cosas y el deudor puede liberarse dando el equivalente en moneda de curso legal, de conformidad con la cotización oficial», dice el nuevo artículo 765 propuesto para el Código Civil.

El proyecto, que presentó Cristina de Kirchner en marzo, comenzará a ser discutido mañana a las 14 durante una reunión de la Comisión de Asuntos Constitucionales del Senado, presidida por el kirchnerista Marcelo Fuentes.

Los senadores deberán decidir primero si aceptan el pedido de la Casa Rosada para crear una comisión bicameral, que tendrá como función el análisis de las reformas y la elaboración de un dictamen previo al tratamiento en el recinto. Está claro que el nivel de acatamiento del Congreso a los pedidos del Poder Ejecutivo no deja lugar a otra cosa más que aceptar la creación de esa bicameral y el debate simultáneo que eso implica para poder cumplir así con otra exigencia del Gobierno: votar toda esa reforma que incluye 2.600 artículos de los códigos Civil y Comercial dentro de 90 días.

En el proyecto de elevación y aprobación del nuevo Código, Cristina de Kirchner propone que la bicameral esté conformada por 12 miembros -seis senadores y seis diputados- y que tenga un plazo de 90 días para dictaminar. Es toda una innovación para las prácticas parlamentarias el hecho de que el Poder Ejecutivo le diga al Congreso no sólo cómo debe debatir una ley, sino también en cuánto tiempo deben hacerlo los recintos.

Más de 100 juristas trabajaron durante un año para la reforma, convocados por una comisión creada por el Gobierno para ese fin y que integraron el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Ricardo Lorenzetti, y las juezas Elena Highton de Nolasco y Aída Kemelmajer de Carlucci.

El trabajo comenzó en febrero de 2011 y los juristas discutieron durante meses la actualización de las leyes.

Al anunciar el envío al Congreso, Cristina de Kirchner explicó que la reforma «afecta derechos personalísimos que hacen a nuestra vida cotidiana». Y allí enumeró entre los cambios la posibilidad de pactar entre cónyuges «los contratos prenupciales que están vigentes en muchísimos países», «la gestación sustituta que se hace a través de control judicial» y normas que faciliten la adopción.

El proyecto enviado por el Poder Ejecutivo tiene 2.671 artículos, que reemplazarán a los más de 4.000 del Código Civil vigente y los 506 del Comercial.

El nuevo Código Civil y Comercial no realiza distinciones entre hombre y mujer a la hora de contraer matrimonio; posibilita optar entre el régimen de comunidad de ganancias el de separación de bienes, aunque establece que el inmueble asiento del hogar conyugal queda protegido y se requiere del asentimiento de la pareja para cualquier disposición.

La norma simplifica el trámite de divorcio admitiendo que éste sea dispuesto sin mayores recaudos que la libre petición de uno o ambos cónyuges, sin requisitos temporales.

También se actualiza la legislación mediante la incorporación de las técnicas de reproducción humana asistida, y se simplifica el régimen jurídico de la adopción, con prioridad en el interés del niño por sobre el de los adultos comprometidos.

También prevé la iniciativa que la propiedad comunitaria de tierras indígenas será exclusiva, perpetua, indivisible, imprescriptible, insusceptible de gravámenes, inembargable e inejecutable para la preservación de la identidad cultural de los pueblos originarios. Entre otros cambios, además se incorporan las formas modernas de contratación, como los contratos de arbitraje, la agencia comercial, la concesión comercial, la franquicia, el suministro y el leasing, y se suman y armonizan los derechos del consumidor.

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