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Barreda: rechazan pedido de libertad
El magistrado explicó que si bien por el tiempo que lleva detenido Barreda estaba en condiciones de obtener la libertad condicional, «no lo benefició otro requisito que exige el Código Penal que es el informe que proviene del Servicio Penitenciario a través de sus peritos». Según Dalto, en esos informes periciales «se planteaban serias reservas si (Barreda) no podría actuar de la misma manera que lo hizo» en 1992, cuando asesinó a escopetazos a sus dos hijas, su esposa y su suegra. «Uno de los psicólogos informó que no había un arrepentimiento afectivo de lo que había sucedido y que justificaba lo que había hecho, y otro peritaje determinó que ante una situación como la vivida, había posibilidades de que pudiese hacer lo mismo», graficó el juez.
En el fallo, citó una de los peritajes que consignan que Barreda «objetiva ideas sobreevaluadas de tinte paranoide, de daño y perjuicio que no lo movilizan cuando habla del hecho que provocó su detención y hace referencia a sus víctimas con un arrepentimiento vacuo y desprovisto de repercusión afectiva».
Además detalla que el informe integral de los psicólogos «sugiere la continuidad de dispositivos de contención como una variable indispensable en la contribución de su estabilidad, ya que resultan inciertos los recursos subjetivos con los que podría contar en caso de que alguna situación vivida como hostil reedite vivencias pasadas».
Explicó, además, que la ley exige también para otorgar la libertad condicional el cumplimiento de los reglamentarios carcelarios, cuestión que también complicó la situación de Barreda debido a que desde hace dos años goza de arresto domiciliario. «El arresto domiciliario no suple al de detenido, por lo que falta esa observación que se tiene que hacer en el lugar de detención para aconsejar o no la libertad condicional», dijo el magistrado.


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