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CABA adhiere al Pacto Fiscal y apura la rebaja de Ingresos Brutos
• HACIENDA ESTIMA UN COSTO DE $17.700 M EN 5 AÑOS
Prevé una eliminación total para industrias y servicios. Y combina subas y bajas para el comercio. Prepagas y tarjetas de crédito pagarán más.

La reducción de la carga tributaria por sectores tiene a la industria como uno de sus ejes principales. En 2022 esta actividad quedará totalmente exenta de Ingresos Brutos. El 85% de los contribuyentes industriales estará exento a partir de 2018, lo que significará resignar desde el año que viene el 42% de la recaudación de II.BB. del sector. Con el envío del Presupuesto 2018, se habían adoptado medidas para aliviar el impacto de este impuesto en el sector fabril, como elevar de $24 a $ 75 millones el tope de facturación anual para considerar exentas a estas actividades.
El proyecto establece otras actividades que irán reduciendo la carga de II.BB. hasta su exención definitiva en diferentes años: Actividades Primarias (2020), Transporte de pasajeros y carga (2021), Servicios de electricidad, gas y agua (2022). Se suman otras actividades que tendrán una reducción gradual de la carga impositiva, según el cronograma general de cinco años (2020): Construcción (60% final, comenzando en 2018), Comunicaciones (40% final, comenzando en 2018) y Servicios financieros productivos (30% final, comenzando en 2019).
Como contrapartida, el comercio es una de las actividades que soportará un aumento de la carga impositiva por II.BB., con una suba de la alícuota que pasará de 3% a 5% en 2021. Alcanzará a los comercios que facturan entre $10 millones y $55 millones. Esta suba gradual incluye también al rubro de alimentos y bebidas.
Pero la mayor presión de II.BB. no afectará a todo el universo de comerciantes ya que casi el 90% de los contribuyentes no tendrá cambios, explicó Mura. Destacó que se mantiene la alícuota del 1,5% para los alimentos y bebidas de tratamiento especial (carnes, pescado frutas y verduras frescas, leche, queso, huevos, pan, fideos, entre otros) que se venden en los pequeños comercios con facturación anual menor o igual a $495.000.
También se mantiene el tratamiento especial para venta minorista de medicamentos, con alícuota al 1%. Lo mismo ocurrirá con la alícuota del 3% para los comercios que facturan anualmente menos de $10 millones y que representan casi el 75 % de los contribuyentes del sector.
Se mantiene la alícuota del 5% para aquellos que facturan más de $55 millones anuales, que representan casi el 10% del sector (cadenas de supermercados e hipermercados).
Asimismo, Mura informó que a partir del 1 de enero subirá al 7% la alícuota de la comisión de tarjetas de crédito al régimen de servicios financieros, que actualmente está en 5,5%.
También aumentará la presión de II.BB. sobre la facturación de las empresas de medicina privada, convergiendo en los valores que se aplican en la provincia de Buenos Aires. Así, la alícuota actual de 1,1% pasará a 3,5% desde 2019.
Según explicó el ministro de Hacienda, la decisión de subir Ingresos Brutos en algunas actividades apunta a "ir adecuando el tributo para que alguna vez sea un impuesto sobre la venta minorista al consumo y así quitarle la característica distorsiva por el efecto cascada que tiene sobre toda la cadena de producción".


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