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Caso Larrabure reabre debate sobre crímenes de la guerrilla
La mayoría de estas causas nunca avanzó, ya que, si bien Raúl Alfonsín había planeado iniciar procesos contra al menos 10 líderes de movimientos guerrilleros (como Mario Firmenich, Roberto Perdía, Fernando Vaca Narvaja y Enrique Gorriarán Merlo entre otros), todo fue finalmente clausurado con los indultos que Carlos Menem firmó para militares y terroristas en 1989.
Vigencia
La medida anulada para los representantes de las Fuerzas Armadas permaneció, sin embargo, vigente para los guerrilleros. Ahora, la decisión tomada por los jueces Edgardo Bello, Liliana Arribillaga y Carlos Carrillo, con respecto al hecho ocurrido durante el Gobierno de María Estela Martínez de Perón, reactiva una polémica que podría incluso llegar a complicar a funcionarios del actual Gobierno y miembros del Congreso.
Larrabure fue secuestrado el 10 de agosto de 1974 en la fábrica militar de Villa María, en Córdoba, y pasó 372 días en una «cárcel del pueblo» del ERP. Su cadáver apareció en Rosario el 23 de agosto de 1975.
Arturo Larrabure, hijo del militar, se había presen-tado en febrero de 2007 ante la Justicia para reclamar que se investigara el secuestro
y asesinato de su padre y que se caratulara el expediente como «crimen de lesa humanidad».
El fiscal general Claudio Palacín firmó el dictamen aceptando esa figura penal, pero el procurador general Esteban Righi planteó la nulidad de esa medida. Larrabure apeló a la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, que varios meses después confirmó lo dispuesto por el fiscal Palacín. También instruyó al juez a investigar bajo esa figura penal el asesinato del militar.
«Resultan preocupantes las sucesivas y constantes articulaciones de revocatoria o nulidad de los fiscales intervinientes, que no se compadecen plenamente con la defensa de la legalidad ni los derechos de partes y que, sin duda, han provocado desgaste jurisdiccional, que debe ser evitado no sólo en beneficio de la labor de los jueces y fiscales, sino en aras de los intereses generales de la sociedad», sostuvo el tribunal.
La Corte Suprema de Justicia deberá probablemente sentar posición sobre un tema, por lo menos, políticamente espinoso. Hay un precedente sobre la cuestión: en 2005 el Gobierno español pidió la extradición de Jesús Laris Iriondo, integrante de la organización terrorista ETA refugiado en la Argentina y acusado en Madrid por una serie de atentados explosivos en la década del 80.
Prescripción
El problema por dirimir por la Corte era si los delitos que se imputaban al acusado eran crímenes de lesa humanidad o no. De serlo, Laris Iriondo debía ser extraditado a España. A pesar del dictamen a favor del procurador general de la Nación, Esteban Righi, quien hizo lugar al pedido, el máximo tribunal falló en contra, argumentando que para la Justicia argentina esa causa estaba prescripta y no correspondía la evaluación de crimen de lesa humanidad. En su momento, se dijo que habría habido un arreglo con el entonces presidente Néstor Kirchner, cuya política de Derechos Humanos se centraba en un sólo objetivo: evitar que una comitiva de Madres de Plaza de Mayo lo recibiera pidiendo que se extraditara a los militares, al bajar del avión cada vez que visitaba un país extranjero y como había sucedido con otros presidentes. No extraditar y juzgar a los imputados en la Argentina habría disparado no sólo la anulación de «las leyes del perdón», sino también este arreglo con la Corte.


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