3 de noviembre 2010 - 00:00

Corte explicó feriados

La Corte Suprema de Justicia aclaró ayer que la resolución que la declaración de días inhábiles para siete juzgados del fuero de Previsión Social alcanza la no atención al público en esos órganos. De esta manera, el máximo tribunal se refirió a la resolución dictada el último jueves en relación con el colapso que atraviesan siete juzgados del fuero previsional radicados en el edificio Anexo en Marcelo T. de Alvear 1840.

Asimismo, la Corte indica que dicha medida no impide que se sigan tramitando «los asuntos radicados ante los juzgados comprendidos en la Resolución 3.160/2010 que no admiten demoras».

Señala que la inhabilitación dispuesta la semana última «comprende el cese de la atención al público en la sede de los juzgados involucrados, por lo que la cámara deberá afectar una de sus oficinas para recibir las peticiones de habilitación» para aquellos trámites urgentes.

En la resolución, le Corte indica que lo dispuesto «no excluye la facultad de la Cámara Federal de la Seguridad Social para disponer, eventualmente, la suspensión de los plazos procesales en caso de fuerza mayor».

Dejá tu comentario