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Corte explicó feriados
Asimismo, la Corte indica que dicha medida no impide que se sigan tramitando «los asuntos radicados ante los juzgados comprendidos en la Resolución 3.160/2010 que no admiten demoras».
Señala que la inhabilitación dispuesta la semana última «comprende el cese de la atención al público en la sede de los juzgados involucrados, por lo que la cámara deberá afectar una de sus oficinas para recibir las peticiones de habilitación» para aquellos trámites urgentes.
En la resolución, le Corte indica que lo dispuesto «no excluye la facultad de la Cámara Federal de la Seguridad Social para disponer, eventualmente, la suspensión de los plazos procesales en caso de fuerza mayor».


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