Hasta qué punto seguirá la ANSES colocándoles directores a las sociedades, sobre las que posee tenencias habilitantes, lo irá diciendo el tiempo. Y resulta que son todas cotizantes en Bolsa, cuyas acciones fueron yendo a un embudo oficial. Cuando, en su origen, eran posiciones atomizadas en muchas entidades, que las compraban para administrar por cuenta de los depositantes al sistema de Fondos Pensión. No eran de las AFJP, sino de los que aportaban a ellas, personas individuales. Y con el devenir de los acontecimientos, tan ricos en matices y tan imprevisibles, las empresas cotizantes se vieron como el «pato de la boda» de un sistema fracasado (por muchos motivos, otras veces apuntados) y de otro que se apropió de las posiciones e ignora, alegremente, que las propias normas impuestas a las AFJP, por el Estado, colocaron un tope a la posición de activos accionarios. Y obligaron a diversificar: apuntando, justamente, a que no se pudiera ejercer poder político sobre tales posiciones.
El contenido al que quiere acceder es exclusivo para suscriptores.
El ingreso de un integrante del directorio en una compañía, no es tan simple como algunos han querido hacer creer. Menos todavía, si se coloca un director que vaya con intenciones de complicarles la vida a las sociedades, expresamente. De mínima, constituye un claro factor de presión. Y sin que esto agregue nada a la masa de aportantes, que van en procura de jubilarse.
No se han oído quejas, mansamente -al parecer- asumieron las empresas la llegada de un enviado oficial, que vino para quedarse. De todos modos, no debería descartarse que aparezcan reacciones, también legales, más allá de maldecirse por haber cotizado en la oferta pública y estar ahora a merced de estos designios. Una, la hemos comentado, es efectuar «suscripciones» -con prima- y ver si la ANSES se dispone a integrar lo requerido, acorde con sus tenencias. De no hacerlo, el porcentual sobre el nuevo capital se irá licuando de manera inapelable. Otra, podría ser la de retirarse de la oferta pública, abonando el «derecho de receso» y en función de la caída que han tenido los papeles en estos tiempos.
Cualquier inversor podría optar por no ejercer tal derecho, en tal caso seguiría dentro de una compañía sin cotización de mercado y sin todas las obligaciones que poseen, al estar bajo las normas de empresa de «capital abierto». (Se puede intuir por qué están aceptando mansamente, pero la mansedumbre no siempre lleva a buen puerto).
Dejá tu comentario