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Diputados sancionó control a prepagas
Así el recinto ignoró la protesta de las empresas que alegan no poder afrontar el financiamiento del servicio si se elimina, por ejemplo, el requisito de no contar con enfermedades previas para afiliarse a una prepaga, como establece ahora la ley.
Obligación
Lo votado ayer establece un «marco regulatorio de la medicina prepaga» y obliga a las empresas del sector a cubrir el Programa Médico Obligatorio vigente y el Sistema de Prestaciones Básicas para personas con discapacidad.
Allí se establece que los usuarios podrán rescindir «en cualquier momento el contrato celebrado, sin limitación y sin penalidad alguna» y establece que «la edad no puede ser tomada como criterio de rechazo de admisión». Además, se le da al Ministerio de Salud el rol de supervisor de los contratos y de las cuotas que cobren las empresas, inclusive en el caso de los cambios de edad o situación en la afiliación.
Pero hay un punto que complica aún más a las empresas: «Las enfermedades preexistentes solamente pueden establecerse a partir de la declaración jurada del usuario y no pueden ser criterio del rechazo de admisión de los usuarios. La Autoridad de Aplicación autorizará valores diferenciales debidamente justificados para la admisión de usuarios que presenten enfer-medades preexistentes, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación». Es decir, que cualquier habitante podrá esperar a enfermarse para luego asociarse a un sistema que curiosamente seguirá llamándose «prepago» y no podrá ser rechazado.


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