16 de diciembre 2009 - 00:00

DNU para el pago de deuda, ya en la mira de oposición

Cristina de Kirchner
Cristina de Kirchner
Cristina de Kirchner sumó ayer otro récord a la nutrida historia de los decretos de necesidad y urgencia. El DNU que utilizó para crear el fondo del Bicentenario para garantizar y cancelar deuda modificó la Ley de Convertibilidad, aún vigente en lo que hace a definir el sistema monetario argentino, estableciendo que el excedente de las reservas podrá utilizarse para cancelar deuda con bonistas, algo que hasta ahora no estaba autorizado.

La decisión de modificar una ley mediante un decreto presidencial, más aún cuando se trata de la que regula el uso de las reservas monetarias, levantó ayer las críticas de toda la oposición, al punto que, desde la derecha y la izquierda, por distintos motivos, ya se promete que habrá una revisión de ese DNU en Diputados.

El decreto comienza modificando el artículo 6º de la Ley 23.928, que en origen estableció el régimen de convertibilidad y luego fue modificada por la Ley de Emergencia Pública en enero de 2002 para salir del uno a uno. Hay un párrafo en especial que deja claro la modificación que se introdujo para poder disponer de los fondos del Banco Central hacia el pago de deuda: «Las reservas de libre disponibilidad podrán aplicarse al pago de obligaciones contraídas con organismos financieros internacionales y al pago de servicios de la deuda pública del Estado nacional», dice la nueva redacción.

Hasta ahora, ese párrafo establecía: «Siempre que resulte de efecto monetario neutro, las reservas de libre disponibilidad podrán aplicarse al pago de obligaciones contraídas con organismos financieros internacionales».

Es decir, queda claro que los bonistas no estaban hasta ahora en el listado de utilidades que podía darse a los excedentes de reservas, aunque sí los organismos de créditos. De hecho, la cancelación total de la deuda del FMI se hizo amparada en ese ar-tículo de la ley y una ratificación por parte del Congreso.

El DNU conocido ayer aporta también otros datos sobre el futuro de los u$s 6.569 millones que se apartarán de las reservas para cancelar deuda. De ese monto, u$s 2.187 millones irán a cancelar deuda con organismos internacionales; y u$s 4.382 millones, a tenedores de bonos.

El Central transferirá al Tesoro el monto y recibirá a cambio una «Letra intransferible denominada en u$s a 10 años con amortización íntegra al vencimiento».

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