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El aumento no es retroactivo. Será de un 10% real
En la conferencia de prensa que dio ayer el ministro de Economía, Amado Boudou, ratificó, ante preguntas de la prensa, que la medida que llevó el piso a $ 4.818 a partir del cual pagan el gravamen los trabajadores solteros y a $ 6.662,8 para los casados, rige a partir del 1 de julio. «La medida se aplica desde acá hacia adelante», respondió el ministro.
Entre los especialistas, el tema en debate se centró ayer en torno a si es posible aplicar el nuevo mínimo no imponible a un semestre, ya que el Impuesto a las Ganancias es un tributo anual. También dentro de la CGT se encendieron luces de alerta sobre esta cuestión, razón por las que comenzaron una ronda de consultas encabezadas por Héctor Recalde para evaluar si cabe efectuar un reclamo o no. Si bien el tema no fue tratado ayer en la reunión del consejo directivo, los sindicalistas fueron advertidos del «detalle» en relación con el anuncio oficial de ayer.
«Si es retroactivo al 1 de julio, en sí no implica un aumento del 20%, sino del 10%, ya que se haría sobre un semestre», sostuvo el contador Sebastián Domínguez, del estudio Casal Vecchi y Asociados. En ese sentido, recordó que Ganancias es un impuesto anual, razón por la que sería difícil poder concretarlo si se aplica sólo a la segunda mitad de 2010. «Como las deducciones son anuales, no se puede hacer retroactivo a una fecha en particular», indicó. Si se aplicara así el impuesto, la CGT evalúa llevar su reclamo a la Justicia.
También para Héctor Rodríguez, ex titular de la AFIP, la medida se concretará en un incremento menor que el 20% anunciado ayer. En cambio, a diferencia de Domínguez, cree que «técnicamente se lo puede hacer, ya que se modifica el monto a deducir en el mes». Sin embargo, advirtió que falta conocer la letra chica. «Tengo más dudas que respuestas por ahora», sintetizó.
«Presumo que el ministro quiso decir que es con el sueldo de julio, pero que es para todo 2010. No hay otra forma. Si se quiere hacer de otra manera, hay que modificar la ley», indicó Flavia Meltzi, del Consejo Profesional de Ciencias Económicas.
La Ley 20.628, de Impuesto a las Ganancias, dispone en su artículo 18 que el año fiscal de imputación de este tributo comienza el 1 de enero y finaliza el 31 de diciembre. «Los contribuyentes imputarán sus ganancias al año fiscal» de acuerdo con las normas que detalla en este ítem.
Entre las opciones que barajan los especialistas no descartan que el Gobierno haga que las empresas (que son las que retienen el monto por pagar por este impuesto a los ingresos de los trabajadores) dividan el año fiscal en dos para poder aplicar distintas tablas de las que surgen el monto por pagar por Ganancias. No obstante, de efectivizarse la medida de esta manera, se traducirá en que las grandes compañías puedan adaptar su contabilidad, pero el escollo será mayor para las más chicas.
Con el anuncio de ayer, es el quinto año que se pone en práctica el aumento del mínimo no imponible. La excepción fue en 2009, que fue cuando se eliminó «la tablita de Machinea». Estas medidas se adoptan, ya que, a pesar de los incrementos salariales, la inflación hace que período tras período más trabajadores queden abarcados por Ganancias. Cada vez que se puso en práctica, se tradujo en una especie de «aguinaldo extra», ya que se devolvía lo que se había pagado de más en los meses anteriores. Sin embargo, en esta oportunidad esto no ocurrirá.
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