14 de agosto 2009 - 00:00

Es ley secuestro de autos por velocidad

La Legislatura porteña aprobó anoche la ley que permitirá el secuestro de vehículos a los conductores que excedan la velocidad permitida. Además, la Ciudad de Buenos Aires adhirió a la ley nacional de tránsito que llevará un registro unificado de las licencias para manejar.

La norma, que debe ser promulgada, castiga a los conductores que excedan en 40 kilómetros o más las velocidades máximas permitidas en calles, avenidas y autopistas de la Capital Federal, y permite que el automóvil sea llevado a una playa de infractores.

La iniciativa del macrista Daniel Amoroso fue sancionada con 42 votos a favor y 11 abstenciones.

El proyecto contempla que, en caso de registrarse la contravención por velocidad excesiva, «luego del labrado de las actas de infracción y constatación de su estado general, se remitirá el rodado de inmediato al depósito que indique la autoridad de aplicación».

La ley modifica el Código de Tránsito de la Ciudad y aclara que el retiro y acarreo del vehículo se aplicará «única y exclusivamente en puestos dotados de equipos de captación electrónica de infracciones», que comprueben la infracción.

Amoroso, quien preside la Comisión de Transporte en

la Legislatura porteña, explicó que «uno de los objetivos es evitar accidentes graves y reducir la cantidad de muertes», ya que «cuando se registran estos excesos de velocidad groseros, se está poniendo en riesgo la vida no sólo del que conduce un vehículo, sino de muchas otras personas». El legislador aclaró que «si bien la retención de vehículos es una medida preventiva y excepcional, es necesario implementarla». Los opositores a la norma, entre ellos el bloque de Aníbal Ibarra y varios legisladores del kirchnerismo, consideraron que no correspondía el secuestro.

En el recinto, durante el debate, el proyecto debió ser modificado para incorporar que el acarreo del automóvil no sea pagado por el infractor, porque se consideró que si el conductor abonaba ese costo, la medida se transformaba en una manera de recaudar.

Finalmente, la ley establece que «el titular del vehículo o persona autorizada podrá retirarlo una vez que el controlador de faltas haya dictado resolución administrativa en la causa, debiendo expedirse en el mismo día en que se presente el presunto infractor».

En los fundamentos del proyecto acordado se explica también que el objetivo de la retención del auto es «impedir que se circule por la vía pública en condiciones peligrosas para la propiedad pública, la propiedad privada de los vecinos, su salud psíquica y física, así como la vida de las personas».

En otro sentido, el director ejecutivo de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, Felipe Rodríguez Laguens, festejó la adhesión de la Ciudad de Buenos Aires a la Ley de Seguridad Vial, que ya sumó a 17 distritos del país.

El funcionario consideró que con la sanción que adopta el sistema unificado, «la Ciudad ha puesto fin a una mora importante que mantenía en esta materia» y que ahora «en lugar de acciones puntuales y aisladas, se pueden sumar al trabajo conjunto que realizan la Nación y las provincias».

Finalmente, Rodríguez Laguens comentó que, con su adhesión a la norma nacional, «la Ciudad tendrá la misma normativa en materia de seguridad vial que el resto del país, unificando las políticas y medidas estratégicas para el desarrollo de un tránsito seguro».

Entre otras cuestiones, «participará del Registro Nacional de Antecedentes de Tránsito, se regirá por el sistema de quita de puntos (scoring) de la Licencia Nacional de Conducir, y será más fácil la coordinación de los controles conjuntos con la provincia de Buenos Aires», explicó el funcionario.

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