La prórroga hasta fin de año del plan de facilidades de pago para deudas acumuladas con la Adminstración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) comenzó a regir a partir de hoy con la publicación en el Boletín Oficial.
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Se trata de la Resolución General 4328 que determinar llevar el plazo de vencimiento para entrar al plan del 31 de octubre al 31 de diciembre.
El plan permitirá incluir además deudas vencidas hasta el 30 de septiembre último, frente al límite del 30 de junio que estaba contemplado hasta el momento
"La decisión responde a los numerosos pedidos de los contribuyentes de contar con más tiempo para adherirse a este plan que permite refinanciar deudas vencidas en un plazo de hasta 48 cuotas", destacó la AFIP.
Con este cambio, los contribuyentes podrán regularizar los impuestos a los Bienes Personales y Ganancias, que no estaban contemplados en la versión uno del plan. El tope de la tasa de interés a cobrar será del 3% mensual.
Empresarios y profesionales de las ciencias económicas habían advertido que con el estiramiento de las cadenas de pago, muchas pymes en condiciones de ingresar, que habían vendido durante setiembre iban a cobrar sus facturas en noviembre, por lo cual, era convenientes ampliar los plazos.
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