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Fallo contra Gobierno por no pagar una plaza
En la cuestión, que comenzó hace veinte años, intervino el Tribunal Superior de Justicia, que difundió ayer su resolución. La demanda la inició Silvia Rocca de Hermida cuando la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires expropió su propiedad, pero luego no hizo nada allí, lo que se consideró un «abandono de expropiación». Pero en 2000 se terminó de derribar lo que quedaba y se realizó la plaza, mientras la causa seguía en curso. La Corte porteña ahora ordenó que la causa vuelva a la Cámara donde se había apelado un fallo a favor del Gobierno porteño, y dicte nueva sentencia, pero ya consideró que debe indemnizar a la vecina que hizo un planteo de inconstitucionalidad.
La jueza Ana María Conde, integrante del Tribunal Superior porteño consideró que «si bien la accionante planteó en su demanda como única pretensión la reivindicación del inmueble de autos, existen distintas circunstancias que justifican, en esta instancia, que se condene al GCBA a abonar a la accionante una indemnización equivalente al valor de la propiedad».
Por su parte, el juez Luis Lozano dijo «que el Estado no puede apropiarse de la propiedad de las personas sin que exista una ley que declare su utilidad pública» y que «si bien ha existido una ley que declaró de utilidad pública y sujetó a expropiación al inmueble de la Sra. Rocca de Hermida con el objeto de darle la finalidad que hoy tiene, esa expropiación fue declarada abandonada casi 10 años antes de que comenzaran a realizarse las obras tendientes a construir la plaza Alfonsina Storni».


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