Familiares de funcionarios podrán sumarse al llamado
El Gobierno publicará un nuevo decreto reglamentario para flexibilizar la inscripción en el blanqueo impositivo, buscando que más "clientes" se sumen a la tercera etapa del llamado. Según la norma que se conocerá en horas, habrá más alternativas para que se sumen sociedades de argentinos radicadas en el exterior (fundamentalmente Uruguay) y que quieran sincerar sus actividades, además de las declaraciones de activos radicados en ese país; la posibilidad de contabilizar acciones en el exterior y el pago a cuenta de impuestos no declarados fuera de la Argentina. Además se habilitará la posibilidad de descontar pasivos contables de las declaraciones tributarias que deriven de la inscripción al llamado, y la alternativa de que familiares de funcionarios y exfuncionarios puedan blanquear bienes registrables, siempre y cuando éstos hayan sido adquiridos antes que sus hijos o hijas, padres, madres o hermanos asumieran sus cargos públicos.
El contenido al que quiere acceder es exclusivo para suscriptores.
Todos estos aspectos habían sido reclamados por la mayoría de los tributaristas locales, con clientes con alto potencial de sumarse a la etapa del blanqueo donde se debe sincerar la tenencia de bienes registrables no declarados tanto dentro como fuera del país. En el Gobierno el entusiasmo por esta etapa crece, y se afirma que se podría superar largamente la meta de u$s20.000 millones fijada oficialmente al comienzo del llamado.
Entre las medidas que se reglamentarán para flexibilizar el llamado se contemplará la alternativa de incluir diferentes sociedades radicadas en varios lugares y vinculadas entre sí y en las que los propietarios se crucen. La condición que impondrá la AFIP para que se pueden incluir estos activos es que se declare claramente la titularidad de las firmas y que se presenten claramente la propiedad, vinculación y registro de las sociedades en cada mercado financiero donde estén radicadas. Se les permitirá además a las compañías tomar como pasivos los activos de las sociedades que no estén funcionando de manera activa, las que en general son consideradas como "pantallas" de las sociedades de fondo. Nuevamente en estos casos la AFIP exigirá que la titularidad de las sociedades y su relación directa estén aclaradas. Esta medida era reclamada abiertamente por los estudios contables y de abogados que asesoran en estos tiempos a los potenciales clientes del blanqueo; fundamentalmente para aquellos que operan en el país desde hace tiempo con sociedades radicadas en el exterior. Se considera común, por ejemplo, que haya una sociedad radicada en un paraíso fiscal, que a su vez tenga vínculos con otra anotada en Uruguay y que sea a través de ésta con la que se opere en la Argentina con un nombre societario de fantasía o "pantalla". Alguno de estos eslabones societarios tendría radicada a nombre de las firmas diferentes activos inmobiliarios, no declarados a su vez en el país. La AFIP permitirá el sinceramiento, pero exigirá que se aclaren todos los pasos y comunicaciones de accionistas en las diferentes sociedades.
También se reglamentará que se les permitirá a los blanqueadores la posibilidad de obtener como crédito o activo fiscal el blanqueo de un bien registrable radicado en el exterior, especialmente oficinas, departamentos, casas, terrenos, etc. Este activo luego deberá ser incorporado a las declaraciones juradas posteriores de los contribuyentes, y ser tomadas como pago a cuentas o créditos fiscales.
Se habilitará además a los familiares de los funcionarios que se puedan anotar en el blanqueo, sincerando sus posesiones registrables en el exterior, siempre que hayan sido adquiridas antes de la llegada del hombre o la mujer a la función pública. El beneficio alcanza a todos los funcionarios y exfuncionarios, de cualquier Gobierno, actual o pasado.