La Corte deshizo una de las decisiones más conflictivas en materia sindical para el transporte de finales del kirchnerismo. Con la firma de cuatro de sus ministros (Ricardo Lorenzetti no participó de la sentencia), dejó firme el fallo que declaró la nulidad de la personería gremial del sindicato de los trabajadores del subterráneo. Avaló así una decisión de la Cámara Nacional del Trabajo que ya había planteado que no se siguieron los procedimientos administrativos para considerarlos los más representativos entre los trabajadores de subterráneos. Remitió al Ministerio de Trabajo que conduce Jorge Triaca para que analice de nuevo su trámite de personería.
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La Corte dejó firme la sentencia que declaró la nulidad de la resolución del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social del 26 de noviembre de 2015, firmada por el entonces ministro Carlos Tomada, por la cual se le había otorgado la personería gremial a la Asociación Gremial de Trabajadores del Subterráneo y Premetro ("metrodelegados"). El sindicato de los "metrodelegados" promovió un trámite administrativo para obtener la personería, es decir, una resolución que lo reconozca como sindicato más representativo dentro de su actividad y lo habilite para negociar convenios colectivos.
En la actividad de subterráneos, la única entidad sindical que tenía esa personería era la Unión Tranviarios Automotor (UTA). Cuando el trámite administrativo había avanzado, la UTA denunció que no se había cumplido debidamente con el procedimiento establecido en la ley 23.551 de asociaciones sindicales para que se le concediese la personería a un nuevo sindicato, especialmente, porque no se le había dado la participación necesaria pese a ser la entidad gremial que ya contaba con ella.
Las presentaciones de la UTA no fueron atendidas y la autoridad laboral prosiguió el trámite y le otorgó al sindicato de los "metrodelegados" la personería. La demanda fue iniciada por la UTA. La Sala II de la Cámara del Trabajo consideró que efectivamente el Ministerio no había adoptado las medidas necesarias para dar intervención en el trámite a la UTA y permitirle producir pruebas, lo cual significó la violación de su derecho de defensa.
En su fallo la Corte, por mayoría, desestimó la apelación interpuesta por los "metrodelegados" por entender que el fallo de la cámara que ordenó que se tramitara nuevamente el pedido de personería gremial no constituye una decisión definitiva sobre el problema planteado.
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