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Gas: buscan que la Cámara no suspenda fallo camino a Corte
• ONG QUE LOGRÓ ANULAR TARIFAZO PEDIRÁ QUE SUS EFECTOS NO CAIGAN MIENTRAS SE TRAMITA APELACIÓN
El tribunal de apelaciones de La Plata debe definir la elevación y podría hacerlo con efecto “devolutivo”, lo que implicaría que su decisión permanezca vigente hasta que haya una resolución definitiva.
La Sala II de la Cámara ya había rechazado la primera intentona del Gobierno de considerar que el fallo quedaba en suspenso con la mera interposición del recurso para acceder a la Corte. Sin embargo, con el correr del trámite y en caso de conceder la elevación, salvo que los jueces lo consideren expresamente, los efectos del fallo quedarán en suspenso mientras se tramita en la Corte. Eso es lo que buscan conjurar los amparistas con el pedido a la Cámara. Por ahora no hay peligro de aplicación del tarifazo ni del nuevo tope del 400% que el Gobierno fijó pero puertas adentro ordenó no aplicar, pero si el fallo de anulación pierde vigencia y el Ejecutivo da una contraorden, podría comenzar a aplicarse el nuevo tope, que no fue anulado por Recondo, por considerar que no había peligro inminente de aplicación. Esa maniobra es la que Cepis busca arrinconar.
Hasta las dos primeras horas del viernes, las partes pueden opinar sobre la viabilidad de que el Gobierno recurra a la Corte, y que el máximo tribunal comience a analizar el "caso" que estaba esperando. Lo más factible es que la sala de feria aguarde al lunes siguiente para que sea la propia Sala II, con su integración habitual, la que defina en una materia tan sensible. Esos jueces ya opinaron que si conceden el recurso, su fallo perderá vigor. La otra opción -menos viable- es que lo rechacen y el Ejecutivo deba ir "en queja" a la Corte. Pero se replicará el escenario: en cuanto la Corte acepte tratar la queja, el fallo de Cámara perderá vigencia. Sin embargo, para ambas circunstancias existen interpretaciones. La Cámara puede conceder la apelación a su fallo con efecto devolutivo (sigue vigente la anulación resuelta) lo que cubriría a usuarios y consumidores de que ningún tarifazo se le aplicará dure lo que dure la definición en la Corte.
Es en el máximo tribunal donde ya circula la idea -adelantada por Ámbito Financiero- de arrebatarle al Gobierno la potestad de llamar a la audiencia pública (recién en octubre) y convocarla antes para definir el pleito.
El Gobierno tiene una semana más antes de que comience a correrle el reloj de los diez días hábiles para presentar el informe que le solicitó la Corte, con un detallado panorama de cómo se decidió el tarifazo inicial, qué parámetros utilizó para calcular el impacto económico y social que tendría en la población, y qué esquema de costos discriminó para modificar el cuadro tarifario.
El viernes último, Recondo reveló que en el informe que le presentó la Procuración del Tesoro, existía una comunicación del Ministerio de Energía del 14 de julio que ordenaba al Enargas "medidas preparatorias" para la aplicación del nuevo tope del 400%. Allí, se notificó que debía "posponerse" su efectiva ejecución.


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