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Juez suspende dos artículos clave de la ley de medios
• Edmundo Carbone hizo lugar a una medida cautelar.
• Abogados del Gobierno preparaban anoche la apelación
Aníbal Fernández
El magistrado dispuso que se impidiera los artículos 41 y 161 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, ya que consideró que «menoscaban derechos constitucionales».
La Justicia ya le comunicó a la Jefatura de Gabinete que decidió suspender provisionalmente la aplicación de dos de los artículos más controvertidos de la ley de medios.
El primero de los artículos suspendidos es el que declara intransferibles las licencias y acciones de empresas de comunicación audiovisual y sólo acepta su venta con la previa autorización de la Autoridad de Aplicación, en la que el oficialismo tiene una mayoría de cinco directores sobre un total de siete y que todavía no ha sido implementada. El segundo se refiere al plazo máximo de un año fijado para que los propietarios de medios de comunicación se adecuen a los límites que establece la ley respecto al número de licencias que pueden tener, uno de los temas que más conflictos generó en el Congreso, inclusive dentro del bloque oficialista que preside Agustín Rossi.
Argumentación
En la resolución de Carbone, que se conoció ayer, el juez argumenta que los ar- tículos cuestionados «prohíben a la actora efectuar la transferencia de dichas licencias y autorizaciones, a excepción del supuesto en que fuera necesario para la continuidad del servicio en la forma allí dispuesta», y agrega que la limitación temporal de un año «obliga a desprenderse de las licencias que excedan la cantidad autorizada».
En este sentido, el juez concluyó que «los artículos en cuestión conducen a un menoscabo de los derechos constitucionales de propiedad y de industria lícita».
Más allá de hacer lugar a la medida cautelar, el magistrado destaca en su resolución que esta medida no implica una resolución de «la cuestión de fondo» del conflicto, que seguramente deberá resolver la Corte Suprema de Justicia, cuando el caso llegue a esa instancia.
Carbone señaló, además, que «la aplicación de la normativa cuestionada puede vulnerar un derecho tan importante para la existencia republicana como la libertad de prensa».
Por último, el juez destacó que los artículos suspendidos «contrarían lo dispuesto por el Código Civil que establece que las leyes no tienen efecto retroactivo y que la retroactividad establecida por la ley en ningún caso podrá afectar derechos amparados por garantías constitucionales afectando a relaciones y situaciones jurídicas realizadas con anterioridad».
La resolución ya fue comunicada a la Jefatura de Gabinete, a cargo de Aníbal Fernández, que seguramente apelará la medida.


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