- ámbito
- Edición Impresa
Kirchneristas piden tipificar el femicidio
El proyecto incorpora entre las agravantes de homicidio con pena de prisión perpetua al femicidio, al femicidio vinculado y al asesinato por orientación sexual. Entre los fundamentos, la iniciativa considera «femicidio» al «asesinato de una mujer por su condición de género» e informa que en 2011 se registraron 286 de estos casos, 20 más que en 2010.
El proyecto que reforma el Artículo 80 del Código Penal incorpora entre los agravantes del homicidio con pena de prisión perpetua al que matare «a una mujer por su condición de tal, mediando violencia de género». También al que matare «a una persona con vínculo de parentesco por consanguinidad o afinidad con la mujer contra la que se dirige la violencia de género» (femicidio vinculado); y, finalmente, por «odio hacia la orientación sexual» de la víctima.
Además, se tipifica la figura del conviviente a la nómina de vínculos agravantes (cónyuge, ascendiente o descendiente).
Valor simbólico
«Proyectos de este tenor ponen en evidencia la realidad cotidiana del asesinato de mujeres, las cuales son privadas de la vida, en un ejercicio de control y de poder, lo que no ocurre con los homicidios de varones», explicó Filmus al presentar su proyecto. El senador porteño agregó que «visibilizar el femicidio tiene un valor simbólico y compromete al Estado en el fortalecimiento de políticas públicas con orientación de protección de género».
«Como ejemplo del femicidio vinculado cabe mencionar los casos de niños o niñas víctimas del delito por el mismo agresor que ha atacado a su madre, motivados por el odio que siente hacia ella», ejemplificó el legislador.
Al respecto, mencionó que «existen hechos en que se mata sólo a los niños con el fin de castigar o destruir psíquicamente a la mujer a la que están vinculados, sobre la cual se pretende ejercer dominación, como sucedió recientemente en Lincoln con el crimen de Tomás Dámeno Santillán».

