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La Justicia frenó el aumento de gas en provincias productoras
Ayer, por caso, un juez de Junín y otro de Avellaneda, provincia de Buenos Aires, hicieron lugar a reclamos de particulares y sentaron precedente para otros casos similares que ya peticionan ante los mismos tribunales.
Mientras que en Pilar, la Justicia ordenó a la empresa Gas Natural Ban S.A. no cobrar el nuevo incremento frente a una petición elevada realizada por la Defensoría del Pueblo de esa ciudad bonaerense.
Esta semana, en tanto, magistrados de Neuquén capital, General Roca, San Carlos de Bariloche y Viedma hicieron lugar a recursos de amparo presentados por usuarios neuquinos y rionegrinos, que fueron patrocinados por los defensores del pueblo de ambas provincias productoras de gas, contra el Estado nacional, Enargas y subsidiariamente la empresa distribuidora Camuzzi Gas del Sur, resolviendo que se dé marcha atrás con los aumentos de fluido que en la región llegaron al 400 por ciento.
La medida, impulsada por los defensores Juan José Dutto (Neuquén) y Ana Piccinini (Río Negro), tiene diferentes aplicaciones, ya que en territorio rionegrino es de obligación provincial mientras que en el neuquino sólo es válida para seis usuarios aunque sienta precedente para el resto de la población local
También es diferente la interpretación que le dieron los magistrados Carlos Navarro -subroga por feria a la titular Ana Pandolfi- María del Carmen García, Leonidas Moldes y Mirta Filipuzzi. Otra medida similar se espera en el juzgado federal de la ciudad de Zapala.
Limitaciones
En Neuquén no se reconoció la presentación colectiva de Dutto y se limitó a los 6 demandantes, en Río Negro se permitió la presentación de la medida cautelar efectuada por Piccinini. De todos modos, todas las resoluciones judiciales atacan el decreto presidencial 2067/08 y le prohibieron a Camuzzi efectuar cortes en el suministro domiciliario de gas por el impago de esas facturas con aumentos. Ahora la empresa deberá aceptar los pagos, excluyendo en las facturas correspondientes los cargos mencionados en dicha norma administrativa. Además del decreto 2067/08 del Poder Ejecutivo, otras disposiciones cuestionadas son la resolución 1451/08 del Ministerio de Planificación y la resolución 563/08 del Ente Nacional Regular del Gas (Enargas).
Piccinini fue más lejos al reclamar que se declare la inconstitucionalidad de la legislación que ampara al Fondo Fiduciario que subsidia las importaciones de gas natural con costo a las empresas distribuidores y a los usuarios clasificados como de consumos importantes, aunque en Neuquén los incrementos afectaron a consumidores de bajos recursos o en zona de chacras donde un productor frutícola denunció que de 130 pesos mensuales que pagaba por el gas que consumía en su explotación rural pasó a abonar 1.300 pesos.
La defensora del pueblo de Río Negro criticó la medida gubernamental por acarrear un aumento exorbitante ya que «no es tarifario sino impositivo», además de haberse aplicado retroactivamente (contrario a Derecho) y sin anuncio previo al usuario.


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